andrea orcel
El presidente y ponente de la sentencia del TSJIB que ha desestimado el recurso de Orcel es Carlos Gómez Martínez, máxima autoridad de ese órgano judicial en la Comunidad Autónoma de Baleares. Foto: Wikipedia.

El TSJIB confirma un laudo arbitral que condena a Andrea Orcel a pagar 670.000 euros al constructor de su mansión

21 / 11 / 2022 13:42

Actualizado el 21 / 11 / 2022 14:36

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El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) ha desestimado el recurso del banquero italiano, Andrea Orcel, interpuesto contra el laudo arbitral que le condenaba a pagar 670.000 euros a Construcciones Llull Sastre, S.A, la empresa constructora de su mansión de Port d’Andratx, en la isla de Mallorca.

La vivienda de Orcel está valorada en más de 20 millones de euros y tiene también un embargo de 100.000 euros por parte de la proveedora de la ebanistería, según informó el diario «Última Hora».

Orcel fue el fichaje frustrado que iba a hacer Ana Patricia Botín como consejero delegado del Banco Santander. La operación quedó abortada en 2019 cuando la entidad consideró inasumibles las condiciones del banquero italiano.

El ejecutivo demandó a la entidad y consiguió que un juzgado condenara al pago de 41 millones de euros por daños en su reputación.

Construcciones Llull Sastre, S.A., reclamó esa fuerte cantidad, impagada, al italiano cuando activó una cláusula del contrato que remitía cualquier desacuerdo que se produjera a un arbitraje en equidad.

El resultado fue que el árbitro dio la razón a la empresa; el empresario contestó interponiendo una demanda de anulación del laudo ante el TSJIB.

El tribunal del caso, formado por Carlos Gómez Martínez –presidente del TSJIB y ponente–, Antonio José Terrasa García –expresidente del TSJIB– y Felisa María Vidal Mercadal, ha desestimado el recurso de Orcel porque el contrato suscrito con la constructora decía que cualquier conflicto debía dirimirse mediante un árbitro.

Orcel pretendía acudir de forma directa a los juzgados pero el tribunal le recuerda que «la interpretación de los contratos no es la voluntad unilateral de una de las partes».

La mansión del banquero italiano está valorada en 20 millones de euros y está en Andratx. Foto: Última Hora.

La sentencia también avala el criterio del árbitro que concluyeron que la obra se había finalizado cuando Orcel encargó nuevos trabajos, que son los que ahora tiene que pagar. El árbitro se basó en su decisión en la declaración como testigo del arquitecto que se había ocupado de la obra, el equipo García-Ruiz.

«No se observa irracionalidad ni arbitrariedad en la valoración de la prueba que se hace en el laudo y más bien parece que la parte recurrente pretende sustituir su parcial valoración de la prueba por la que realizó el perito», dice la sentencia.

En otro de los motivos que se plantean para anular el laudo, el TSJIB insiste en que existía esa cláusula arbitral, que se construyó más obra de la inicialmente acordada y que ésta fue recepcionada por el banquero.

La representación de la empresa constructora ha instado ya la ejecución del laudo arbitral en un Juzgado de Primera Instancia de Palma, por lo que el banquero tendrá que pagar la parte de la obra que dejó sin abonar, informa «Última Hora».

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