PSOE y Podemos pactan una enmienda en la reforma de sedición y malversación para interpretar la ley “sólo sí es sí”

PSOE y Podemos pactan una enmienda en la reforma de sedición y malversación para interpretar la ley “sólo sí es sí”

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13/12/2022 15:27
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Actualizado: 13/12/2022 16:15
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El PSOE y Unidas Podemos han introducido en la exposición de motivos de su propuesta de ley para derogar el delito de sedición y modificar el de malversación una enmienda que servirá como guía para los jueces para interpretar la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual, conocida como ley del ‘solo sí es sí’, pero no les sujetará a la hora de aplicar la nueva norma como consideren oportuno.

Según fuentes jurídicas, la enmienda de modificación presentada en el marco de la exposición de motivos no es normativa, sino interpretativa, lo que se traduce en que sirve de guía, pero no obliga a los jueces. Pero la historia sería diferente si fuese una enmienda al articulado, pero el PSOE y Unidas Podemos no han llegado hasta allí, sino que se han quedado en el apartado de la exposición de motivos.

Al margen, subrayan que la reforma del Código Penal que impulsó el Ministerio de Igualdad -a través de la ley del ‘solo sí es sí’- abrió un camino que permite a los jueces aplicar la ley más favorable al reo, aún con la enmienda que han acordado ahora el PSOE y Unidas Podemos.

En este sentido, señalan que aunque una ley esté en vigor solo un día, cuando es más beneficiosa para el reo se impone su aplicación, recayendo en los jueces el deber de realizar la interpretación que consideren correcta tras valorar los hechos y circunstancias en cada caso.

La Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.

El número de condenados que se ha visto beneficiado por el nuevo marco de penas que recoge la ley del ‘sólo sí es sí’ asciende al menos a 57, entre revisiones de condena a la baja (53) y sentencias posteriores en aplicación de la norma (4). Un total de 12 personas han sido excarceladas.

La enmienda

Este martes, se ha dado a conocer que el PSOE y Unidas Podemos han pactado una enmienda por la que introducen un párrafo en la exposición de motivos de la ley que deroga la sedición para marcar la pauta de cómo se aplicará el nuevo Código Penal.

La proposición de ley, que también modifica el delito de malversación, ya incluía tres disposiciones transitorias que dejaban claro cómo debe aplicarse la nueva normativa a los encausados por delitos cometidos con anterioridad, todo ello teniendo en cuenta el principio que recoge el Código Penal en su artículo 2.2; es decir, que se aplicará la ley que más favorable al reo.

Pero ahora, aprovechando una enmienda del PDeCAT pidiendo analizar las consecuencias de la entrada en vigor de la ley de ‘sólo sí es sí’, el PSOE y Unidas Podemos han introducido un nuevo párrafo en la exposición de motivos para remarcar esa transición.

En concreto, ambas formaciones han recordado que para la aplicación de las reformas penales contenidas en esta ley a los delitos cometidos antes de su entrada en vigor debe administrarse, entre otras, la disposición transitoria quinta del Código Penal de 1995, que impide una rebaja automática de las penas.

Desde el PSOE aseguran que con estos párrafos «los grupos parlamentarios que sustentan al Gobierno facilitan la interpretación del derecho transitorio de acuerdo con la jurisprudencia consolidada, para una aplicación correcta de las modificaciones del Código Penal, entre ellas algunas recientemente aprobadas como la Ley de Libertad Sexual».

Fuentes de Unidas Podemos subrayan que el Ministerio de Igualdad ha estado implicado en las conversaciones y que la nueva redacción «busca aclarar a los jueces que la voluntad del legislador, a modo de recomendación, es que, en caso de revisión de condenas, se mantengan las penas impuestas».

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