La Junta de Fiscales de Sala avala el criterio del fiscal general sobre la revisión de penas por la ley del «solo sí es sí»
Los Fiscales de Sala han introducido mejoras técnicas en la propuesta de texto del Fiscal General del Estado, sometido este jueves a informe, que se tendrán en cuenta para la redacción final de la Circular.

La Junta de Fiscales de Sala avala el criterio del fiscal general sobre la revisión de penas por la ley del «solo sí es sí»

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16/3/2023 14:58
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Actualizado: 16/3/2023 16:44
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La Junta de Fiscales de Sala del Tribunal Supremo ha emitido un comunicado por el cual confirma su aval del criterio del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, sobre la revisión de sentencias por delitos contra la libertad sexual recogido en el borrador de Circular sobre la reforma de los delitos contra la libertad sexual operada por la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, conocida como la ley del «solo sí es sí».

Los Fiscales de Sala han introducido mejoras técnicas en la propuesta de texto del Fiscal General del Estado, sometido este jueves a informe, que se tendrán en cuenta para la redacción final de la Circular. Aseguran que su publicación se hará efectiva en los próximos días.

Además, han respaldado la oportunidad de la publicación de esta Circular, contando con el consenso total de la Junta para que esta regule la revisión de sentencias condenatorias por delitos contra la libertad sexual.

Prescripción del ‘caso Miguel Ángel Blanco’

Por otra parte, el Fiscal General del Estado ha oído el parecer de la Junta en relación con la consulta realizada por el Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional, Jesús Alonso, sobre el Sumario 9/1997, el ‘caso Miguel Ángel Blanco‘, del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional.

Así, la Junta ha apoyado la respuesta del Fiscal General del Estado de que la prescripción de los hechos investigados se determinará, como explican, «en el momento procesal oportuno ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, después de recabarse el material probatorio y documental con el que se conforme una tesis concluyente».

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