Yves Jean-Bart y Rosnick Grant, dos casos de abusos sexuales en la Federación de Fútbol de Haití que terminaron de forma diferente en el TAS
Los participantes en esta mesa redonda, de izquierda a derecha Kepa Larumbe, de BDO, Antonio de Quesada, árbitro del TAS, José Juan Pintó, de Pintó, Alejandro Blanco Toro, moderador, Juan de Dios Crespo, de Ruiz & Huerta, y Rui Santos, de CRA Law.

Yves Jean-Bart y Rosnick Grant, dos casos de abusos sexuales en la Federación de Fútbol de Haití que terminaron de forma diferente en el TAS

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19/5/2023 11:32
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Actualizado: 20/5/2023 12:15
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Juan de Dios Crespo, de la firma Ruiz & Huerta, y José Juan Pintó, de Pintó, explicaron hoy los casos de Yves Jean-Bart y Rosnick Grant, expresidente y exvicepresidente de la Federación de Fútbol de Haití, quienes fueron acusados de agredir sexualmente a jugadoras, el primero, y a árbitros de fútbol femeninos, el segundo, los cuales terminaron de forma opuesta ante el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS), con base en Lausana, Suiza.

Ambos fueron inhabilitados de por vida por el Comité de Ética de FIFA.

Fue en el marco de la mesa “Leading case del TAS 2023”, que forma parte del ISDE Sports Convention 2023, que está teniendo lugar en el Palacio de Santoña, Madrid.

Crespo relató el caso de Jean-Bart, quien ostentó la Presidencia hasta el 20 de octubre de 2020, al que se le aplicó esa sanción tras una investigación sobre abusos sexuales a varias jugadoras de fútbol que publicó el diario británico The Guardian.

Sin embargo, subrayó Crespo, Jean-Bart recurrió ante el TAS. “En la vista que se celebró se concluyó que no había pruebas que sustentaran tal decisión. Porque se había exigido a Jean-Bart que demostrara que no eran verdad las acusaciones. Era una prueba diabólica que, de hecho, invertía la carga de la prueba. Porque el que acusa le corresponde probar lo que afirma. No hubo pruebas suficientes y determinantes que sustanciaran la acusación”.

Y añadió: “Con este laudo del TAS quedó claro que el derecho deportivo se rige por las mismas reglas que el resto del derecho”.

Jean-Bart quedó rehabilitado el pasado mes de febrero después de que el TAS revocara, con su laudo, la inhabilitación de por vida decidida previamente por FIFA.

CON ROSNICK GRANT QUEDARON PROBADAS LAS ALEGACIONES

No ocurrió así en el caso de Rosnick Grant, vicepresidente de esa misma Federación de Fútbol de Haití, quien era también el máximo responsable de los árbitros de su país, al que se le aplicó la misma medida: la inhabilitación de por vida y 100.000 francos suizos de multa.

Grant recurrió al TAS en octubre de 2021, después de que la Comisión de Ética de la FIFA le impusiera la sanción en julio de ese año, tras cerrar una investigación sobre varios funcionarios de la Federación de ese país involucrados presuntamente en abusos sexuales sistemáticos a jugadoras y entrenadoras (ya sea como perpetradores, cómplices o instigadores) en el periodo 2011-2020.

 “Para el TAS quedó demostrado que Grant era culpable las imputaciones. En las audiencias sobre el caso, celebradas el 15 y 16 de febrero pasado, declararon numerosos testigos que dieron testimonio. Tuvo especial importancia el de una víctima que viajó a Suiza y que declaró telemáticamente desde una comisaría de policía. Su testimonio fue preciso, coherente y creíble”, relató Pintó.

“Las denuncias de abuso sexual fueron suficientemente convincentes para mantener la sanción. No obstante, los jueces del TAS rebajaron de 100.000 francos suizos (102.619 euros) a 35.000 (35.916 euros) la multa impuesta, por ser desproporcionada a las condiciones salariales que tenía en Haití”, añadió.

¿Fueron dos laudos contradictorios, se planteó en el marco de la mesa? No, el resultado fue la consecuencia de aplicar el derecho sobre el estudio de las pruebas y los testimonios. El derecho funcionó en el TAS como debía funcionar.

En la misma mesa también participaron Rui Santos, de CRA Law, Kepa Larumbe, de BDO, y Antonio de Quesada, árbitro del TAS, moderados por Alejandro Blanco Toro. Todos ellos relataron “leading cases” del TAS.

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