Comision Europea
Le solicita que acuerde el reconocimiento expreso del derecho fundamental a la huelga y que abra procedimiento formal de infracción contra España «por nuevo y grave incumplimiento» del plazo de transposición de la Directiva (UE) 2019/1158.

La Plataforma Abogacía y Turno de Oficio denuncia ante la Comisión Europea vulneración del derecho a la huelga de los abogados españoles

1 / 06 / 2023 08:47

Actualizado el 01 / 06 / 2023 11:28

La Plataforma Abogacía y Turno de Oficio ha presentado una denuncia ante la Comisión Europea por vulneración del derecho fundamental a la huelga de los abogados españoles, proclamado en el artículo 28 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Dicho artículo dice, sobre derecho de negociación y de acción colectiva que «los trabajadores y los empresarios, o sus organizaciones respectivas, de conformidad con el Derecho de la Unión y con las legislaciones y prácticas nacionales, tienen derecho a negociar y celebrar convenios colectivos, en los niveles adecuados, y a emprender, en caso de conflicto de intereses, acciones colectivas para la defensa de sus intereses, incluida la huelga».

Esta organización está formada por las asociaciones AJAI, Ajato (Jaén), Altodo, Asato (Toledo), Atoib Baleares; la Confederación española de abogados del Turno de Oficio y Justicia Gratuita (CEAT), Defenda, el Foro de Abogados Independientes de Granada (FAIG), Iusta Causa (Córdoba), Otrosí de Abogacía y Procuraduría (Albacete), ZaTURNO (Zaragoza), Ahora Abogacía, y ALA. La denuncia está suscrita por 13 de las 15 asociaciones.

En el escrito, que firman las letradas Victoria Ros, María Amparo Martínez, Carmen Morallón, Gemma Martínez y Miguel Ángel González de Miguel, destacan que los abogados españoles sufren discriminación respecto a sus homólogos italianos, franceses, griegos e incluso los ‘barristers’ ingleses, que, sin embargo, sí han podido hacer hacer efectivo su Derecho a la Huelga en sus respectivos países. 

La plataforma también denuncia «graves y numerosas infracciones» del Estado español en relación a la normativa y acervo comunitario, como también los valores europeos, entre los que se encuentran la presunta violación del artículo 2 del Tratado de la UE, que señala lo siguiente:

«La Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres».

CONCILIACIÓN

Denuncia, asimismo, en materia de conciliación «situaciones de compañeras que acaban de dar a luz, incluso con operaciones de cesáreas, que se ven obligadas a tener que dar incluso el pecho para amamantar a sus hijos recién nacidos, en los pasillos de los juzgados, porque no les suspenden una vista, ni permiten la conciliación laboral que sí tienen otros trabajadores y a padres».

Ante esta situación, solicitan a la Comisión Europea que sea elevado e incoado un expediente ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) «por nuevo y grave incumplimiento» del plazo de transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores, toda vez que las Cortes han sido disueltas por la convocatoria de elecciones nacionales al 23 de junio, se ha vuelto a quedar en suspensión, dicha transposición obligatoria.

Recuerdan que España fue apercibida por la propia Comisión Europea y estamos a un mes del plazo de un mes para el vencimiento del ultimátum dado por Europa, ya que dicha Directiva pese haber sido aprobada en 2019, contaba con un plazo de incorporación al sistema legal de los Estados miembros de dos años, periodo que finalizó el 2 de agosto de 2022, como plazo de transposición de dicha Directiva de Conciliación de la vida familiar y profesional.

En su escrito señalan que esta directiva europea, que beneficia principalmente a los abogados asalariados, establece una serie de derechos, como el permiso de paternidad, donde los padres tendrán al menos diez días desde el nacimiento de su hijo, un permiso parental de cuatro meses que podrán disfrutar en diferentes periodos o a tiempo completo, y los cuidadores también gozarán de un permiso mínimo de cinco días al año.

Además, como recuerdan, este texto legal aplica mecanismos para flexibilizar el horario laboral para los progenitores con hijos menores de ocho años, que podrán solicitar una reducción de la jornada laboral.

La directiva, además, otorga a las mujeres el derecho a un permiso mínimo de maternidad de 14 semanas, incluidas dos semanas de baja obligatoria, añaden.

En la denuncia informan del «grave malestar y alarma social» de los letrados españoles ante las «graves situaciones de abuso de la administración Pública» con este gremio, dándose casos de «compañeros a los que les ha fallecido un familiar (hijos, padres) o abogados enfermos a quienes se les obliga a asistir a vistas o a cumplir con plazos procesales para presentación de escritos pese a estar hospitalizados».

Unas situaciones que están denunciando también públicamente en los últimos meses secundando numerosas concentraciones por toda España.

La Plataforma de Abogacía y Turno de Oficio solicita a la Comisión Europea que acuerde el reconocimiento expreso del derecho fundamental a la huelga y que abra procedimiento formal de infracción contra España, y sea elevado e incoado expediente ante el TJUE en caso de volver incumplirse de nuevo el plazo de transposición de la Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional.

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