Vodafone, multada con 20.000 euros por enviar de forma reiterada publicidad a una consumidora inscrita en la Lista de Robinson
La ciudadana llevaba inscrita en la Lista de Robinson para el servicio de llamadas desde abril de 2012 y para el de mensajes desde febrero de 2022.

Vodafone, multada con 20.000 euros por enviar de forma reiterada publicidad a una consumidora inscrita en la Lista de Robinson

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01/6/2023 06:30
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Actualizado: 01/6/2023 09:53
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 20.000 euros -16.000 finalmente por acogerse a la reducción del pago voluntario- a Vodafone por enviar publicidad a una consumidora de forma reiterada a pesar de estar inscrita en la Lista de Robinson y haberle comunicado a la compañía no querer recibir tal información. 

Ha vulnerado la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LGSSI) y el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). 

El 29 de septiembre de 2022 una usuaria presentó una reclamación ante la AEPD manifestando que Vodafone le mandaba constantemente mensajes de texto y llamadas casi a diario.

La consumidora les avisó de que no estaba conforme con la actitud que estaban presentando, por lo que, a través de un acuerdo firmado entre ambas partes, les dio el plazo de un mes para que dejaran de ponerse en contacto con ella.

En la Lista de Robinson desde hace años

La ciudadana llevaba inscrita en la Lista de Robinson para el servicio de llamadas desde abril de 2012 y para el de mensajes desde febrero de 2022. Sin embargo, los mensajes publicitarios que le enviaba Vodafone eran de septiembre de 2022.

Como prueba aportó una captura de pantalla en la que se veía que no había aceptado recibir comunicaciones con ofertas y un acuerdo de mediación de julio de 2022 en la que Vodafone se comprometía a no realizar llamadas ni envíos de SMS de carácter publicitario. 

Pero la teleoperadora manifestó a la AEPD que las llamadas que le hicieron desde dos de los números de teléfonos fueron realizadas por su agente colaborador Voicebot para la realización de encuestas de calidad y mejora de la experiencia de los clientes por lo que, en este caso, no eran con fines publicitarios. 

Y otras eran para gestionar su portabilidad a otra compañía.

Por otro lado, alegaron en cuanto a los SMS, que hubo un error en sus sistemas de gestión de relaciones con los clientes y no se dieron cuenta de que estaba inscrita en la Lista de Robinson. Error que, según explicaron, se resolvió y que le pidieron disculpas por ello. 

Sin embargo, la AEPD sí ha considerado que las llamadas tenían fines publicitarios porque cuando solicitó la portabilidad de sus líneas a otra compañía le llamaron hasta 13 veces para intentar convencerle de que Vodafone era mejor ofreciéndole ofertas ventajosas.

Ante esta situación le han impuesto una multa de 20.000 euros reducida a 16.000 que todavía se puede recurrir ante la Audiencia Nacional. 

Andrés Robles, abogado laboralista, comenta el caso

Andrés Robles es experto en derecho laboral en Cdlegal y ha llevado diversos asuntos relacionados con la Lista de Robinson, por lo que ha comentado el caso en Confilegal.

El caso de Vodafone no es un hecho aislado y cree que “el principal motivo por el cual las empresas infringen la Lista Robinson es evidentemente económico. Está claro que si lo continúan haciendo es porqué les sale rentable”. 

Aunque ha reconocido que “eso no quita que algunas grandes compañías usen estrategias para evitar ser sancionadas como, por ejemplo, realizar las llamadas a través de otras empresas que actúan como intermediarias y que están ubicadas fuera de España, en paraísos fiscales, y que utilizan técnicas muy agresivas para captar clientes”.

Andrés Robles, abogado experto en laboral.

No obstante, si son descubiertas por la AEPD pueden ser declarados responsables de una infracción del artículo 66.1.b de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones en relación con el artículo 23.4 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que puede llevar aparejada una sanción de hasta 50.000 euros.

Sin embargo, en algunas ocasiones, que no se respete la Lista Robinson no quiere decir que se esté incumpliendo la normativa citada, sino que puede que aún no se hayan actualizado los datos por partes de las compañías, ha explicado el letrado.

La inscripción en la Lista puede tardar meses en hacerse efectiva

«Debemos ser conscientes que, una vez inscritos, no vamos a dejar de recibir llamadas el mismo día, sino que la inscripción puede tardar hasta tres meses en ser plenamente efectiva», ha resaltado.

También puede ocurrir que, sin saberlo, hemos dado el consentimiento para que usen nuestros datos.

Por ejemplo, Andrés Robles ha señalado que «a veces nos suscribimos a alguna promoción en la que nos piden los datos de contacto y que, aunque aparentemente no tiene relación con la empresa que luego nos llama, en los términos y condiciones de esa promoción se escondía una cláusula en la que se informa que se van a compartir los datos que hemos facilitado con terceros y, en estos casos no actuaría la Lista Robinson».

Pese a lo anterior, si estamos inscritos en la Lista Robinson y somos cuidadosos cuando facilitamos nuestros datos a otras compañías, no deberíamos recibir llamadas y de ser así podemos interponer una reclamación ante la AEPD.

Inscribirse en ella es gratuito y puede hacerse desde la página web de la Lista Robinson con tus datos y dirección de email, una vez registrados podremos elegir cuál es el tipo de comunicaciones que ya no deseamos recibir, ha concluido.

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