El TS concede definitivamente la custodia al padre en un caso en el que las niñas llevaban un discurso contra él enseñado por la madre
Se encontraban ante un caso de síndrome de alineación parental en el que las menores mostraban un rechazo infundado al padre motivado por la actitud de la madre.

El TS concede definitivamente la custodia al padre en un caso en el que las niñas llevaban un discurso contra él enseñado por la madre

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03/9/2023 06:30
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Actualizado: 04/9/2023 09:44
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La batalla judicial entre un padre y una madre por la custodia de sus hijas ha finalizado tras diferentes conflictos. El caso ha pasado por tres tribunales, primero por el Juzgado de Primera Instancia Nº5 de Córdoba, luego por la Audiencia Provincial y finalmente por el Supremo. Siempre han fallado a favor del progenitor.

La madre recurrió todas las sentencias perdidas pero ahora, el Alto Tribunal, ha hecho firme la decisión de otorgarle la custodia en exclusiva al padre a través de un auto dictado el 7 de junio por los magistrados María de los Ángeles Parra Lucan, Francisco Marín Castán e Ignacio Sancho Gargallo. No revisarán la sentencia.

Los progenitores se divorciaron y desde 2018 tenían la custodia compartida de las niñas de 10 y 14 años por mutuo acuerdo. Pero acudieron a juicio porque querían modificar las medidas para tener a las niñas de forma exclusiva.

La madre, que denunció en reiteradas ocasiones a su ex, militar de profesión, por agresiones y maltrato a las menores -unas sobreseídas y otras absuelto- alegó que sus hijas no querían estar con él. Por lo que pidió la custodia exclusiva, una pensión de 250 euros para cada niña, ningún régimen de visitas y sí uno tutelado en el Punto de Encuentro Familiar (PEF).

Los informes psicosociales determinaron que estaban influidas por la madre

Tras estudiar los informes del centro escolar y del equipo psicosocial en el que se llevaron a cabo unas exploraciones de las menores y diversas entrevistas se concedió la custodia paterna con visitas de la madre tuteladas a través del PEF. 

Y es que, en esas exploraciones, los expertos descubrieron que la madre fomentaba el rechazo de las menores hacia el padre. Según se explicó en la sentencia de la Audiencia de Córdoba, estaban “severamente” influenciadas por ella -sobre todo la mayor- al hacer comentarios despectivos hacia el padre, lo que afectaba a su desarrollo psicoevolutivo que les podría causar problemas en su vida adulta.

En concreto, el informe relataba que claramente se encontraban ante un caso de síndrome de alineación parental en el que las menores mostraban un rechazo infundado al padre motivado por la actitud de la madre, algo perjudicial para las niñas.

Con el padre, evolucionaban favorablemente

Asimismo los expertos concluyeron que, aunque las menores querían estar con su madre, ello no era determinante porque tenían un “discurso aprendido, importado, crítico y repleto de elementos de rechazo a la figura paterna”, por lo que no era una voluntad objetiva y madura.

Es más, en la sentencia dictada por la Audiencia de Córdoba se explicó que la Unidad de Salud Mental del Hospital había comunicado a través de un informe que el comportamiento de la mayor había mejorado, que su agresividad verbal había disminuido, que se sabía contener cuando estaba irritada y que su rendimiento en el colegio era bueno.

También manifestó que, aunque echaba de menos a su madre, estaba contenta por haber recibido un regalo suyo por sacar buenas notas, porque le daba libertad para salir con sus amigas los fines de semana, que se sentía cada vez más cuidada y adaptada a la casa de su padre y describió diferentes experiencias agradables.

Por lo que tras una larga batalla judicial se ha ha determinado que, con quien mejor estan, es con el padre.

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