El Supremo aprecia desviación de poder en la propuesta del fiscal general para promover a fiscal de Sala a Delgado
La exfiscal general del Estado Dolores Delgado, en la toma de posesión de Álvaro García Ortiz como fiscal general del Estado. Foto: Eduardo Parra/EP.

El Supremo aprecia desviación de poder en la propuesta del fiscal general para promover a fiscal de Sala a Delgado

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21/11/2023 12:35
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Actualizado: 21/11/2023 13:00
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El Tribunal Supremo (TS) ha estimado en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el teniente fiscal del Tribunal de Cuentas, Luis Rueda García, contra el Real Decreto por el que se promovió a la categoría de fiscal de Sala a Dolores Delgado y se le nombró fiscal de Sala de la Fiscalía Togada del Tribunal Supremo.

Dicho acto fue adoptado por el Consejo de Ministros, a propuesta del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.

Es en la propuesta realizada por éste donde la Sala de lo Contencioso-Adminitrativo (Sección Cuarta) aprecia desviación de poder.

Luis Rueda competía por esta plaza. Sin embargo, Dolores Delgado se hizo con el puesto en la Sala de lo Militar del Supremo tras un Pleno celebrado en septiembre de 2022 donde la mayoría del Consejo Fiscal apoyó a Rueda, fiscal especialista en lo militar.

Con esta propuesta de nombramiento, ratificada posteriormente por el Gobierno, la otrora jefa del Ministerio Público y exministra de Justicia ascendió a la máxima categoría de la Carrera Fiscal: fiscal de sala.

La desviación de poder consiste en “el ejercicio de potestades administrativas para fines distintos de los fijados por el ordenamiento jurídico”.

En este caso, el Alto Tribunal considera acreditado que la finalidad buscada por el fiscal general del Estado fue asegurar a Delgado su promoción a la máxima categoría de la Carrera Fiscal, tratando de llenar lo que, en opinión del proponente, es una carencia de la legislación en vigor.

Y subraya que esto se aparta de la finalidad propia de la potestad de resolver convocatorias para plazas del Ministerio Fiscal, cuyas vacantes deben proveerse fundamentalmente con arreglo al criterio del mérito.

El Supremo ha acordado retrotraer las actuaciones al momento anterior al de elevar al Consejo de Ministros la propuesta del fiscal general para que se realice otra nueva, teniendo en cuenta cuanto queda dicho sobre la finalidad de la potestad de resolver convocatorias para plazas en el Ministerio Fiscal.

La sentencia, dictada hoy, 21 de noviembre (1499/2014), la firman los magistrados Pablo Lucas Murillo de la Cueva (presidente), Celsa Pico Lorenzo, Luis María Díez-Picazo Giménez (ponente), Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo y José Luis Requero Ibáñez.

Luis Rueda ha estado asistido en la preparación del recurso por el abogado Alberto Palomar Olmeda.

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