Oliver & Abogados, una “boutique” especializada en penal económico con una experiencia única en empresas
Ismael Oliver Romero, sentado. De pie, de izquierda a derecha, el equipo de Oliver & Abogados: Iván Oliver Toledano, Daniel Méndez Gallo, Ismael Oliver López, Enrique López Crespo, Roberto San José Diego, Marta Marquina Navarro y Leudy Lagos. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Oliver & Abogados, una “boutique” especializada en penal económico con una experiencia única en empresas

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07/3/2024 06:40
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Actualizado: 08/3/2024 08:33
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Ismael Oliver Romero, socio director de Oliver & Abogados, posee una experiencia personal que convierte a su firma en algo muy especial. Porque fue director de la asesoría jurídica —un “general counsel”, en el argot anglosajón— de Siemens, una de las grandes multinacionales del mundo. Por lo que conoce muy bien, por dentro, el funcionamiento de las empresas.

Una ventaja competitiva indudable para los potenciales clientes que buscan este “expertise”, lo que en español cañí ha sido desde siempre la experiencia.

“Dentro de Siemens se presumía de que solo había tres instituciones en el mundo que tenían arraigo en el mundo, que eran la Iglesia Católica, la FIFA y Siemens, pero que solo la multinacional estaba en ese momento presente en casi 192 países”, cuenta con mucha gracia este hijo de inmigrantes españoles en Alemania, país al que llegó con 20 meses cumplidos.

Como se suele decir, un “self made man” (un hombre hecho a sí mismo) de libro.

Antes fue vicesecretario general y director de los Servicios Legales de Transmediterránea en el momento en el que la compañía pertenecía a Patrimonio del Estado, y después presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Promotora de Telecomunicaciones de Extremadura, entre otras muchas cosas. Siempre vinculado al mundo de la empresa y con presencia en los órganos de decisión de estas, tanto públicas como privadas, nacionales o multinacionales y empresas familiares.

Sin embargo, lo que nunca dejó de ser Ismael Oliver fue abogado penalista. Jamás dejó la toga, ya fuera defendiendo a Siemens en el caso AVE, ya sea perteneciendo al equipo de abogados del asunto de Sandro Rosell o al “Pollo Carvajal”. Siempre compatibilizo y compaginó ambas actividades, con la aquiescencia de sus jefes del momento.

Era su vocación.

Desde 2010 dirige su firma, Oliver & Abogados, centrada en derecho penal económico, derecho internacional y derecho mercantil. El despacho tiene su sede muy cerca de la Audiencia Nacional. A unos cientos de metros de distancia, en una calle discreta.

Un despacho compuesto de gente joven, muy bien preparada, donde reina un ambiente de unidad y cooperación. Un ambiente que, sin duda, ha contribuido a que la firma creciera durante el pasado año un 25 %.

«El mundo está cambiando muy rápido y sin duda  queda camino por recorrer, aún existen países en los que en materia de contratación pública, incluso  privada, se discute más la comisión que el precio. Existe una línea muy delgada, es como un trazo en el agua, entre la figura del comisionista y la corrupción»

¿Por qué hizo usted Derecho?

Tengo que decir que en mi familia no había ningún abogado. Mi padre era mecánico de automóviles. Yo vengo de una familia modesta. Tenía interés en tres materias: medicina, historia y derecho. Presenté las solicitudes y el primer lugar en el que me admitieron fue en la Facultad de Derecho de la Complutense. La verdad es que creo que acerté.

¿Y por qué se especializó en Derecho Penal Económico?

Fue la consecuencia de vivir el mundo de la empresa, de conocer a los directivos, de estar en los órganos de decisión de las empresas desde muy joven, de tocar de primera mano la incertidumbre en la que viven cuando se mueven haciendo negocios. Especialmente cuando son internacionales, en múltiples países.

Donde, para operar, hay que pagar comisiones, ¿no?

El mundo está cambiando muy rápido y sin duda  queda camino por recorrer, aún existen países en los que en materia de contratación pública, incluso  privada, se discute más la comisión que el precio. Existe una línea muy delgada, es como un trazo en el agua, entre la figura del comisionista y la corrupción.

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Ismael Oliver, el socio director de Oliver & Abogados, es un «self made man», un hombre hecho a sí mismo. Su infancia y adolescencia transcurrió en Alemania. Merced a ese pasado, pudo llegar a ser el «general counsel» de Siemens y adquirir una experiencia única de conocimiento del mundo de los negocios. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

Oliver & Abogados es una mezcla de experiencia y de juventud. ¿Cómo es la nueva generación que compone su firma?

Está mucho mejor preparada que la mía. Son jóvenes, que  poseen una gran capacidad de trabajo, una mejor formación que se puede obtener en nuestro tiempo, mucha inteligencia y mucha creatividad, como han demostrado en los casos que hemos llevado hasta ahora y que estamos llevando en estos momentos. Destaco en nuestro equipo la gran calidad humana y la dedicación en el estudio de cada caso que llevamos.

¿Qué aporto yo? La experiencia, la experiencia en sentido amplio. Mis errores y mis aciertos. Trato de ofrecerles esas vivencias y ellos deciden en lo que les pueda servir. Somos un equipo. Una máquina muy bien conjuntada que analiza los casos para dar soluciones a nuestros clientes. Renunciamos al volumen a cambio de la calidad que da la dedicación.

Pero no se engañe. No soy yo el que recibe al cliente y el que figura para luego dejar el trabajo al equipo. La esencia de Oliver & Abogados es, precisamente esa, el trabajo en equipo que, hombro con hombro, estudia a fondo cada caso para dotarlo de una estrategia definida que después se comparte en su ejecución y en la que estamos todos implicados.

Habla de creatividad. ¿Creatividad como sinónimo de imaginación, quiere decir?

Claro que sí. Es que sin imaginación, sin interrelación, no hay abogacía, existiría abogacía de inteligencia artificial. Como entendemos la abogacía  en nuestra firma, es literalmente como un agente activo de la justicia y del derecho, actuamos pro-bono en numerosos casos, actuamos ante necesidades o lagunas que detectamos en nuestro ejercicio profesional. 

Le voy a poner un ejemplo, una iniciativa que hemos puesto en marcha para intentar evitar una realidad que tristemente se repite con mucha frecuencia con conocimiento de casi todo el mundo y que tiene que ver con un nuevo riesgo bancario, el “riesgo reputacional de las entidades financieras”.

Ocurre que, si una persona se ve investigada por alguno de los seis juzgados centrales de instrucción de la Audiencia Nacional o algún juzgado de instrucción de Madrid, por un asunto penal económico y un periodista publica la noticia, la consecuencia directa es que, sin perjuicio de que se acuerden o no medidas cautelares, todas las entidades financieras invitan a esos investigados por la justicia a retirar sus fondos.

En ese momento en el que se produce un “secuestro inducido no querido” ninguna otra entidad abrirá una cuenta donde alojar-recibir  esos fondos y la consecuencia es que esos fondos quedan bloqueados sin mediar ninguna orden judicial. Y no solo eso, además no se permite operar con la cuenta, es decir, no se puede cargar ningún servicio como el agua, la energía o el colegio del hijo del investigado.

«Sin imaginación, sin interrelación, no hay abogacía, existiría abogacía de inteligencia artificial. Como entendemos la abogacía  en nuestra firma, es literalmente como un agente activo de la justicia y del derecho»

¿No va a poder disponer de su dinero?

Así es. No va a poder disponer de su dinero, ni pagar la factura del supermercado, ni recibos como el del IBI o el colegio de los niños. Lo único que van a permitir es abonar el recibo de la hipoteca, si se tiene incluso hacer amortizaciones anticipadas de la misma.

Y si tiene “cash”, dinero en efectivo, está limitada la tenencia y uso del dinero en efectivo e incurre en un riesgo de ser sospechoso o acusado de blanqueo.

Esto es una realidad, no una fantasía.  Esto nos puede pasar a cualquiera de nosotros. Le pasó a Sandro Rosell y a su familia un caso que conocemos todos. La respuesta de las entidades financieras: “lo siento, representa un riesgo reputacional para nosotros”.

Al mismo tiempo, el regulador, es decir el Banco de España, sigue con la idea de que el contrato bancario es un contrato privado entre partes. Sin embargo, en el siglo XXI, la realidad regulatoria dice que el servicio bancario entendido a lo que nos estamos refiriendo es un servicio público, hoy nadie puede vivir sin disponer de una cuenta corriente. Está ocurriendo a investigados como a los migrantes que llegan a nuestro país.

Este hecho nos lleva a otra triste realidad cada día más frecuente que son las filtraciones de los sumarios y las consecuencias que tienen para las personas y las familias.

La persona queda en la exclusión financiera más absoluta. Es terrible lo que viven algunas familias y que esto ocurra en la cuarta economía de Europa no se puede permitir.

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La firma de Ismael Oliver propone acabar con la situación de bloqueo de bienes y cuentas corrientes, que sufren los investigados. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

¿Esto no pasa en Alemania, Gran Bretaña o Francia?

De la forma como se hace en España, no. El problema no solo es cuando les bloquean las cuentas. El problema persiste cuando se aclaran las cosas y se retira la acusación.

Lo que sucede después es de pesadilla. Porque el banco les dice “cojan su dinero y márchense’. Oiga, que he dejado de estar imputado. No importa. Lo están haciendo todos los bancos. Por el riesgo reputacional.

La única operación financiera que les permiten los bancos es que les entreguen un IBAN para transferir sus fondos. No les dejan ni ingresar ni pagar nada, y a la vez ninguna entidad financiera les abre una cuenta nueva.

¿Y cómo sobreviven cuando les bloquean las cuentas?

Gracias al apoyo de amigos o familiares.

¿Qué medidas podrían aplicarse para paliar esta situación?

Los países dan distintas soluciones. La más común es el nombramiento de un “tutor” de la cuenta que fiscaliza los movimientos de la cuenta mientras que la persona está siendo investigada o después de haber sido juzgada.

En España nos enfrentamos a una cuestión más etérea que es el riesgo reputacional que afecta a la persona y no tanto a sus fondos y sus movimientos. Este criterio subjetivo es más difícil de combatir, pues entramos en las consideraciones de riesgo y no de resultado.

Tenemos clientes que tienen 40 y 50 millones de euros en cuentas de bancos españoles “bloqueadas” inmovilizadas, saldos que están indisponibles, aun cuando la justicia haya declarado que sus titulares son inocentes del delito por el que fueron investigados y todo ello por el llamado riesgo reputacional.

Se da la paradoja de que la Agencia Tributaria española permite que un señor pague impuestos en España con una cuenta en Suiza, teniendo fondos en cuentas en bancos españoles. Cuando tiene dinero aquí. Dinero de Suiza que ha declarado aquí.

«La Agencia Tributaria, como a cualquier otro órgano del Estado, cuando actúa ante los tribunales, se le puede ganar»

¿En qué consiste la iniciativa que propone Oliver Abogados?

De un lado que se considere por parte del regulador que en el siglo XXI es imposible que una persona o una familia no tenga una cuenta bancaria. Y, desde esa realidad, no  mirar hacia otro lado o se excuse en la libertad entre las partes.

Esa libertad no existe. Y, de otro lado, tratar ese supuesto riesgo reputacional que se invoca y no dejarlo al criterio de las entidades financieras.

¿Cuál es su tipología de clientes?

Tenemos clientes internacionales y clientes nacionales. Tengo una experiencia acumulada en procesos extradicionales de más de 30 años, mucho antes de fundar el actual despacho. Entre ellos, muchos banqueros y empresarios mexicanos, colombianos, venezolanos. Y otras extradiciones que no tenían una motivación económica.

El nuestro es un mercado complejo. Muchos potenciales e iberoamericanos abrigan la idea de que un exjuez o un exfiscal, clientes norteamericanos por sus relaciones anteriores, son más eficaces como abogados que los que no tenemos esa trayectoria.

Aquí no funciona así. A veces, incluso, son más una carga.

¿De dónde proceden sus clientes internacionales?

De Alemania, Francia y Gran Bretaña, y de Estados Unidos e Iberoamérica

Tenemos estrechas relaciones con firmas de Washington, Nueva York, México D.F. Caracas y Bogotá. München, Frankfurt…

Ustedes, por actuar ante la Audiencia Nacional, son percibidos como una firma especializada en ese órgano. ¿Es esa percepción correcta?

La Audiencia Nacional es un órgano que, como ocurre con el Tribunal Supremo, no existe más que uno y eso produce una obvia percepción pública. De otro lado, por la competencia atribuida a la Audiencia Nacional, las materias son más limitadas y concretas y los abogados que acudimos con cierta frecuencia por ese órgano judicial somos menos que en otros. La Audiencia Nacional tiene además un interés mediático también derivado por las materias que trata por razón de su competencia.

Como firma especializada en penal económico supongo que Hacienda es un “player” a tener en cuenta. ¿Se le puede ganar?

La Agencia Tributaria, como a cualquier otro órgano del Estado, cuando actúa ante los tribunales, se le puede ganar.

El cliente que acude a nosotros por alguna diferencia de criterio con la Agencia Tributaria por la aplicación o interpretación de algún impuesto, sea de los especiales o no, nuestro consejo es ir a los tribunales, si se cuenta con un informe pericial y llegar hasta el final.

Con contrainformes profesionales, claros y bien elaborados, los jueces no dudan en dar la razón a los contribuyentes.

Con la Agencia Tributaria hay que ser implacables, como lo son ellos.

De un tiempo a esta parte vengo escuchando opiniones que ponen en tela de juicio la calidad procesal de la Agencia Tributaria. ¿Lo comparte?

Tanto en materia fiscal como en materia penal se están importando métodos o usos de otros países como EE. UU., que consisten en la figura de la conformidad, lo que lleva muchos inocentes a la “conformidad” por evitar más tiempo de pena de banquillo y más bloqueos financieros.

Esto lleva a los menos inocentes a liberarse de conductas por las que podría haber sido condenado a cambio de una rebaja de las iniciales peticiones de la fiscalía o de la agencia tributaria. Estos usos entrañan ciertos riesgos que la ciencia del derecho debería resolver.

Si a esta realidad le añadimos la remuneración adicional por actas fiscales frente a los contribuyentes, la realidad se puede complicar y aún más, si esas remuneraciones lo son con independencia de la suerte que corra el acta de inspección en cuestión.

Es como si se remunera a los jueces y magistrados por sentencias condenatorias, independientemente de si estas son o no revocadas en instancias superiores.

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A Ismael Oliver no le gusta nada el sistema que ha adoptado la Fiscalía Anticorrupción de acusar por un gran número de años para forzar un pacto de conformidad a cambio de una pena muy menor. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

¿Ve alguna otra perversión en el sistema?

Veo el peligro, el riesgo que supone que se implante la costumbre que el Ministerio Fiscal, emulando a las fiscalías estadounidenses, soliciten en sus escritos elevadas penas privativas de libertad de pedir, buscando que los acusados se avengan a una conformidad.

Existen cada vez más casos en los que las elevadas peticiones de penas  de la fiscalía se ven correspondidas con sentencias de archivo, estos graves desajustes no deberían producirse. Deterioran gravemente las instituciones.

Le pongo un ejemplo, tenemos la experiencia que alguno de nuestros clientes en los EE.UU., la acusación pública ha solicitado 40 años de prisión por delitos económicos y que tras un pacto de conformidad, el acusado asume delitos que no alcanzan más que 24 meses de prisión. Eso no puede ser.

Esta práctica está extendiéndose, la exageración o dramatización de las acusaciones para forzar el acuerdo, debería ser inadmisible.

Una de sus especialidades es la de cumplimiento normativo penal. ¿A qué tipo de empresa lo dirigen?

Nuestro nicho son las pequeñas y medianas empresas. Impartimos formación y aplicamos sistemas y criterios  de “Compliance” , intentamos ayudarles observando la realidad de su negocio y la complejidad de los mercados.

Nuestra ventaja competitiva es que conocemos el mundo de la empresa, desde dentro sabemos qué problemas tienen o qué debilidades.

Entonces, ¿qué aportamos nosotros? Por ejemplo, en un contrato internacional, acompañamos a la empresa desde la fase de negociación del contrato, de cada una de sus cláusulas, hasta la ejecución final del contrato y la eventual contratación de proveedores tanto locales como del lugar de ejecución del contrato. Y, en ese tránsito, les asesoramos en el cumplimiento normativo de la observación de la transparencia y de las buenas prácticas.

No solo hacemos el cumplimiento normativo. Le asesoramos para que el negocio salga y no queden expuestos a riesgos que no les corresponden.  Les ayudamos en ocasiones  a transitar por mercados que no tienen los criterios y la normativa que rige en Europa.

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