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Eugenio Ribón, decano del Colegio de la Abogacía de Madrid, ha impulsado este servicio. Foto: Confilegal.

El Juzgado de lo Social 26 de Madrid suspende un juicio, por intermediación del ICAM, porque el abogado se fracturó la pierna

22 / 04 / 2024 16:52

Actualizado el 23 / 04 / 2024 11:52

Este viernes, se conocía el caso de un abogado que, a pesar de tener una fractura de peroné, recibía el rechazo a una petición de suspensión de un juicio.

En concreto, se trata del abogado Ignacio Palomar Ruiz, socio director de Servilegal Abogados. Un letrado que sufría una fractura de peroné, con un pronóstico de un mes de reposo absoluto. Algo ante lo que el abogado solicitaba la suspensión de un juicio señalado para este miércoles, 24 de abril.

Petición que, sin embargo, rechazó el Juzgado de lo Social nº26 de Madrid. Algo ante lo que el abogado se ponía en contacto con el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM).

Órgano que, ahora, ha logrado la suspensión del señalamiento tras activar el protocolo 112 Abogacía. A través de este servicio, la corporación madrileña gestiona las peticiones de suspensiones de plazos. Algo necesario cuando los abogados no puedan continuar con el proceso por fuerza mayor.

«Me he roto la pierna y el juzgado se negaba a suspender el juicio, desde Defensa de la Abogacía me ayudaron y el juicio se suspendió”, señala el letrado afectado, valorando el trabajo realizado desde el ICAM como “fundamental para impulsar tus derechos”.

Una situación que ha sido celebrada por el abogado en conversaciones con Confilegal. «Ha sido una victoria rotunda. El juzgado ni siquiera ha resuelto el recurso, ha dictado una resolución diciendo que se iba a aplazar el juicio sin entrar a resolver el recurso. La verdad es que muy bien».

El ICAM remarca su compromiso 112 Abogacía

Ocasión en la que el colegio recuerda a sus colegiados que tiene en marcha, desde hace casi un año, el servicio 112 Abogacía.

Un proyecto habilitado para gestionar las peticiones de suspensiones de plazos en los casos en que los profesionales no puedan continuar con el proceso por fuerza mayor.

El ICAM puso en marcha este nuevo servicio coincidiendo con la publicación en el BOE del Real Decreto Ley 5/2023.

«También podrán interrumpirse los plazos y demorarse los términos durante un plazo de tres días hábiles cuando por los Colegios de Abogados o Procuradores o por las partes personadas comuniquen causas objetivas de fuerza mayor», estipula el Real Decreto.

Entre estas razones, situaciones personales como el «nacimiento y cuidado de menor, enfermedad grave y accidente con hospitalización, fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad o baja laboral certificada».

Algo que ahora ha sido de gran utilidad para Palomar Ruiz. Y que ha servido también para que el ICAM vuelva a impulsar este servicio para los letrados colegiados.

«El servicio 112 ABOGACÍA está a disposición de los colegiados y funciona las 24 horas todos los días del año», recuerda el colegio. Un servicio centrado, especialmente, en que «cualquier profesional de la abogacía pueda solicitar al ICAM la petición de suspensión de plazos».

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