Antonio Benítez Ostos: “Las sanciones por los ruidos en los conciertos del Bernabéu podrían alcanzar los 300.000 euros”
Los vecinos que viven cerca del Santiago Bernabéu están hartos de los ruidos que causan los conciertos.

Antonio Benítez Ostos: “Las sanciones por los ruidos en los conciertos del Bernabéu podrían alcanzar los 300.000 euros”

El socio director y fundador de Administrativando Abogados analiza la normativa aplicable y régimen sancionador
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23/5/2024 06:30
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Actualizado: 22/5/2024 22:20
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Los vecinos que viven en los alrededores del Estadio Santiago Bernabéu están en pie de guerra. Están hartos de escuchar hasta altas horas de la madrugada los conciertos y pruebas de sonido que se están llevando a cabo en el recinto que se fundó en 1944 con el objetivo de acoger partidos de fútbol. 

Y es que, últimamente se están llevando a cabo más eventos musicales que deportivos.

Por ejemplo, el sábado pasado Telefónica organizó con motivo de su centenario un concierto con artistas como Ana Mena, Hombres G o Alejandro Sanz. Pero esto es un no parar, porque la próxima semana se celebrarán dos sesiones de la cantante estadounidense Taylor Swift.

Durante el resto del año se espera la Velada del Año 4, organizada por el ‘streamer’ Ibai, la cantante Aitana, Karol G o Lola Índigo.

Los vecinos, agrupados en X -antiguo Twitter- bajo la cuenta @RuidoBernabeu aseguran que la Policía Municipal midió los decibelios desde una ventana cercana al estadio en pleno concierto y el resultado fue de 84,9. Más de lo permitido.

«Vinimos a vivir junto a un estadio de fútbol, no junto a un eventódromo sin licencia y sin insonorizar», se quejan en esta red social.

La normativa aplicable en el caso del Bernabéu

Ante esta situación, el socio fundador y director de Administrativando Abogados, Antonio Benítez Ostos, ha analizado en Confilegal la normativa aplicable y el régimen sancionador.

La normativa en materia de ruidos y contaminación acústica aplicable es la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, de ámbito estatal y la normativa autonómica y local de Madrid.

La Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) aprobada por el Ayuntamiento de Madrid en 2011 sanciona por las infracciones muy graves con multas de entre 12.001 euros hasta los 300.000 euros. Sin perjuicio de las alegaciones que el infractor pueda realizar en vía administrativa, frente a la resolución definitiva se podrá interponer el correspondiente recurso contencioso – administrativo.

También se podría clausurar o suspender la instalación de forma temporal o definitiva. Ello dependiendo del desarrollo de las actividades que generan la infracción.

Según ha comentado, las últimas denuncias que han hecho públicas los vecinos de las casas colindantes al Bernabéu superaban los 80 decibelios. De modo que se podría calificar de infracción muy grave.

Suelo de dotación deportiva

Hay que recordar que el Bernabéu es un «suelo de dotación deportiva» cuyo límite de decibelios es de 60 durante el día y de 50 durante la noche, desde las 23:00 hasta las 7:00 horas». Y, en este caso, parece ser que los decibelios están en 84,9.

Aunque eso sí, es fundamental que el acta que se levanta cuando se realiza la inspección vaya acompañado de un informe técnico complementario donde quede reflejado el valor del nivel sonoro resultante de la medición y se siga el procedimiento administrativo legalmente establecido.

Por último, Benítez Ostos ha explicado que, en estos casos, los vecinos tienen a su disposición tramitar la correspondiente denuncia, bien a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid, bien por teléfono (092) a la Policía Municipal, o presencialmente en los registros municipales.

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