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Opinión | En defensa de la independencia del CGPJ: no todo vale

Opinión | En defensa de la independencia del CGPJ: no todo vale
La profesora doctora de derecho procesal de la Universidad Alfonso X el Sabio, jefe de estudiosdel área jurídica de la Facultad Business & TEch, María Luisa García Torres, analiza por qué no es conveniente la propuesta que ha planteado Unidas Podemos en el Congreso para renovar el CGPJ. Foto: Confilegal.
25/5/2024 06:30
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Actualizado: 24/5/2024 19:05
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Cuando se cumplen más de cinco años desde que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debería haber renovado sus vocales, continuamos con nulos avances en la negociación entre el Partido Socialista y el principal partido de la oposición, el Partido Popular.

Ahora, Unidas Podemos dice haber encontrado la fórmula que permita solucionar esta situación, y propone reformar el apartado segundo del artículo 567 y el 572, ambos de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

Resulta escandaloso que tengamos a los vocales del Consejo en funciones. Pero la proposición de Ley registrada el pasado 29 de abril, no es la mejor solución que puede plantearse, además, por uno de los poderes implicados en el propio bloqueo a la renovación.

Bien es cierto que no es la primera vez que el Parlamento contempla la rebaja de la mayoría necesaria para el nombramiento de los vocales en su intento de desbloquear el proceso.

Ya en 2020, Unidas Podemos y el Partido Socialista se unieron en una proposición de reforma de la LOPJ que recogía esta medida.

Recordemos que el CGPJ se compone de 20 vocales más el presidente, que a su vez es Presidente del Tribunal Supremo, nombrados por el Rey por un período de 5 años.

De los 20, 12 se eligen de entre jueces y magistrados, dejando libertad al Legislador para que fije el órgano y la mayoría necesaria para su elección -artículo 122 de la Constitución-.

Sin embargo, el Texto Constitucional fija que los otros 8 sean designados de la siguiente forma: 4, a propuesta del Congreso de los Diputados, y 4 a propuesta del Senado, y en ambos casos elegidos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas de reconocida competencia y con más de 15 años de ejercicio en su profesión. 

El artículo 567 de la LOPJ, de forma coherente con el artículo 122 de la Constitución, exige que los 12 elegibles de entre jueces y magistrados lo sean por el Congreso y el Senado, por mayoría de las tres quintas partes de cada Cámara.

LO QUE PLANTEA UNIDAS PODEMOS

La propuesta de Unidas Podemos trata, primeramente, de excluir al Senado de dicho nombramiento, pues el Congreso elegiría 16 vocales: 12, de entre jueces y magistrados, y 4, de entre juristas de reconocida competencia con más de 15 años de ejercicio profesional.

El Senado sólo participaría en la designación de 4 vocales de entre los juristas de reconocida competencia.

En segundo lugar, la reforma pretende rebajar las mayorías de nombramiento, pues el Congreso elegiría en votación única a los 12 pertenecientes a la carrera judicial por mayoría de tres quintos, pudiendo hacerlo en una segunda votación, si no se consiguiera tal mayoría, en un plazo de 48 horas y esta vez por mayoría absoluta.

Las dudas a esta propuesta son claras. ¿Por qué excluir al Senado? ¿Cuál es el motivo de la propuesta de rebajar la mayoría en segunda votación?

Si bien la primera queda abierta a múltiples interpretaciones, la respuesta a la segunda parece razonable: si en primera votación no se obtuvieran las tres quintas partes, en la siguiente, y para desbloquear la renovación, exíjase sólo el 50 % más uno.

Esta es la fórmula mágica para conseguir, 6 años después, desbloquear la situación.

«Controlar políticamente al Consejo, que recordemos no responde ni ante el Poder Ejecutivo ni ante el Poder Legislativo, supone alcanzar el poder sobre los jueces y magistrados y sobre juzgados y tribunales»

Pero lo que en principio puede parecer una solución, bien puede convertirse en una herramienta de control sobre un órgano del que dependen importantes cuestiones, entre otras, un centenar de nombramientos que están pendientes a estas alturas en la cúpula judicial.

Si bien el sistema de elección parlamentaria de los vocales del Consejo no es la mejor, sustraer de esta función al Senado y rebajar las mayorías, llevará inexorablemente a un mayor control de esta institución por parte del Gobierno.

Precisamente, la Constitución y la LOPJ tratan de paliar el control del Consejo por parte del Poder Legislativo y Ejecutivo, y lo hace a través de tres mecanismos.

Primeramente, no haciendo coincidir el período del mandato de los vocales -5 años- con el de los parlamentarios de la Cámara Alta y Baja -4 años- y, por tanto, con el del Gobierno de turno.

La segunda, posibilitando participar a ambas Cámaras, pues una se puede convertir en el contrapeso de la otra, a la hora de la votación tal y como sucede en la actualidad.

La tercera parte de la ecuación que protege la independencia del Consejo y, por ende, la del Poder Judicial y, que evita tanto nepotismo, es exigir una mayoría reforzada de ambas cámaras. 

En 2020, la Comisión responsable de Valores y Transparencia indicó que la reducción de las mayorías iba en contra de las recomendaciones de la Unión Europea.

Hoy, es el Grupo de Estados contra la Corrupción -GRECO- quien, en sus informes, insta a encontrar los consensos necesarios entre las distintas fuerzas políticas, sin politizar al CGPJ.

Controlar políticamente al Consejo, que recordemos no responde ni ante el Poder Ejecutivo ni ante el Poder Legislativo, supone alcanzar el poder sobre los jueces y magistrados y sobre juzgados y tribunales.

En el momento actual, está pendiente el nombramiento de un tercio de la plantilla del Tribunal Supremo y en los próximos 5años, debido a las bajas y jubilaciones, asistiremos al cambio de la mitad de la composición de ese Tribunal.

Entre esos nombramientos estará la Presidencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, de la Sala de lo Social, de lo Civil y de lo Penal.

Los Presidentes de las dos primeras se encuentran ya en funciones, y el de la Sala Segunda no puede acometer un tercer mandato.

Está en riesgo la independencia del Poder Judicial y, por ende, el Estado de Derecho en España.

Aunque es preocupante que desde finales del 2018 no se haya renovado el Consejo, no todo vale a la hora de plantear posibles soluciones al problema.

Nos jugamos mucho.

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