La AEPD ordena a Meta que «de forma inmediata» suspenda las nuevas funcionalidades electorales en España

La AEPD ordena a Meta que «de forma inmediata» suspenda las nuevas funcionalidades electorales en España

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31/5/2024 12:57
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Actualizado: 31/5/2024 12:57
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha ordenado una medida cautelar contra Meta Platforms Ireland Limited para que, de forma inmediata y ante las próximas elecciones al Parlamento Europeo, suspenda en el territorio español la puesta en marcha de las funcionalidades Election Day Information (EDI) y Voter Information Unit (VIU), y la recopilación y el tratamiento de datos que implica el uso de las mismas.

La Agencia entiende que la adopción de medidas urgentes de prohibición temporal de estas funcionalidades está justificada para evitar la recopilación de datos, el perfilado de los usuarios y la cesión a terceros, impidiendo así que los datos personales puedan ser utilizados por responsables desconocidos y para finalidades no explícitas.

Está previsto que estas funcionalidades se lancen para todos los usuarios de sus servicios con derecho a voto en las elecciones europeas con la excepción de Italia, cuya autoridad de protección de datos ya tiene un procedimiento abierto en curso sobre este asunto.

La Agencia ordena esta medida al considerar que el tratamiento de datos previsto por la compañía supone una actuación contraria al Reglamento General de
Protección de Datos (RGPD)
que, al menos, incumpliría los principios de protección de datos de licitud, minimización de datos y limitación del plazo de conservación.

La AEPD recuerda que a través de estas dos funcionalidades, que consisten en facilitar información a los usuarios de Facebook e Instagram sobre las elecciones de la UE, Meta pretende tratar datos personales como, entre otros, nombre del usuario, la dirección IP, edad y género o información sobre cómo interactúa con esas funcionalidades.

Preocupación de la AEPD y de Europa

La AEPD expresa preocupaciones sobre el aumento del volumen de datos recopilados y el riesgo de perfiles más detallados y tratamientos intrusivos. Además, la posible cesión de datos a terceros podría vulnerar derechos y libertades.

Estas medidas se enmarcan en una acción urgente permitida bajo el RGPD, con un límite de tres meses, en respuesta a potenciales riesgos de uso indebido de datos personales.

Simultáneamente, la Comisión Europea investiga a Meta por desinformación y otros temas relacionados con las elecciones, bajo el Reglamento de servicios digitales.

Circular de la AEPD sobre opiniones políticas

La AEPD advierte sobre los riesgos de manipulación electoral a través del uso de big data, inteligencia artificial y microtargeting.

Según la Circular 1/2019, solo se pueden recopilar opiniones políticas expresadas libremente, respetando la libertad ideológica y de expresión.

La circular prohíbe inferir la ideología política de una persona mediante el tratamiento masivo de datos y tecnologías de inteligencia artificial.

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