Un estafador recurre ante la Audiencia de Cáceres su condena alegando que una prueba se había creado con IA
El estafador alegó que un 'selfie' había sido creado con inteligencia artificial.

Un estafador recurre ante la Audiencia de Cáceres su condena alegando que una prueba se había creado con IA

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04/6/2024 06:30
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Actualizado: 04/6/2024 12:13
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Hoy en día la inteligencia artificial (IA) es algo que está en boca de todos. Tiene cosas muy buenas, pero también muy malas. Permite agilizar el trabajo, pero también crear imágenes falsas que parecen completamente reales. 

Aunque eso sí, si en un tribunal expones que una prueba ha sido creada con IA, y no aportas evidencias de que eso ha sido así, los magistrados desestimarán la alegación. 

Algo que ocurrió en la sentencia 76/2024 de 7 de marzo dictada por la Audiencia Provincial de Cáceres. Fallo en el que los magistrados Joaquín González Casso, Jesús María Gómez Flores (ponente) y Julia Domínguez Domínguez han confirmado 15 meses de prisión a un hombre por un delito de estafa en grado de consumación. También tendrá que indemnizar con 1.000 euros a la víctima.

Todo comenzó el 10 de diciembre de 2022 cuando el estafador envió a una mujer con cuenta en Unicaja un SMS. En él le daba unos pasos a seguir para que transfiriese su dinero y evitar así un posible fraude.

La mujer, siguiendo sus indicaciones, hizo dos transferencias, una de 660 euros y otra de 440 a una cuenta bancaria de Orange Bank que el acusado abrió con el objetivo de recibir tal cantidad de dinero. Importe que nunca fue devuelto.

Las transferencias eran consecuencia de un previo montaje encaminado a obtener las claves de la banca online de la cliente de Unicaja. 

Edificio de la Audiencia Provincial de Cáceres, lugar en el que se ha estudiado el recurso de apelación.

Un delito de estafa

El caso se enjuició en el Juzgado de lo Penal Nº1 de Cáceres. Y tras ser condenado por un delito de estafa, decidió presentar un recurso de apelación ante la citada Audiencia. Presentó una batería de alegatos.

Entre ellos, manifestó que se había producido un error en la apreciación de la prueba y una vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Negó ser el titular de la cuenta bancaria en Orange Bank y destacó que las fotos ‘selfie’ aportadas como prueba habían sido creadas con inteligencia artificial.

Y es que, el banco le pidió una foto suya porque la cuenta se estaba abriendo de forma online, dice la sentencia dada a conocer a través del abogado Alberto Casaseca.

Por otro lado, el estafador también alegó que le podrían haber robado su identidad. Ello porque en ocasiones anteriores realizó operaciones a través de internet en diferentes plataformas, facilitando su DNI y demás datos.

Frente a ello, el Equipo de Investigación Tecnológica de la Policía Judicial manifestó que la cuenta abierta de forma «online» sí correspondía al acusado. Respecto a que dicho ‘selfie’ era una imagen falsa creada con IA, los magistrados explicaron que el estafador no presentó ninguna evidencia de que ello hubiese sido así. 

«Es evidente que, en el presente caso, la prueba de cargo que el órgano enjuiciador ha valorado para dictar la sentencia condenatoria fue obtenida con respeto a las garantías inherentes al proceso debido. Ha sido introducida en el proceso y sometida a los principios que rigen el plenario, de contradicción, inmediación y publicidad; constando debidamente razonada su valoración en la motivación de la resolución, aun cuando ésta no resulte compartida por la parte recurrente».

De modo que han desestimado el recurso y han confirmado la sentencia de instancia.

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