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Opinión | CDL: Algunas curiosidades del ‘trust’ bajo el derecho de Inglaterra y Gales (III)

Opinión | CDL: Algunas curiosidades del ‘trust’ bajo el derecho de Inglaterra y Gales (III)
Josep Gálvez, abogado español y "barrister" en Londres, avanza con esta tercera entrega apasionante sobre el nacimiento de la institución del "trust" y sus visicitudes históricas. Foto: J.G.
11/6/2024 06:36
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Actualizado: 11/6/2024 02:33
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Bueno, pues como les decía, esto del ‘trust’ fue evolucionando con el tiempo y viendo su potencial en el ámbito empresarial, sucedió que a finales del siglo XIX se juntaron en los Estados Unidos el hambre y las ganas de comer.

Pues sí, durante esos tiempos de rapidísima industrialización y crecimiento económico, algunos vieron en esta antigua institución inglesa un medio fantástico para imponerse en el boyante mercado norteamericano.

¿Y cómo se lo montaban?

Pues de maravilla, oigan. Para ello varias empresas, por ejemplo dedicadas al petróleo, acordaban transferir sus acciones a un ‘trust’ donde el ‘trustee’ -el amigo de confianza del cruzado, recuerden- administraba las compañías como si fueran una sola entidad.

Así, aunque en el mercado aparecían como empresas distintas que funcionaban de forma independiente, en realidad sus acciones estaban manejadas a través de esos ‘trustees’, creando un oligopolio del copón y además, protegido de las celosas miradas del regulador gracias a la opacidad que ofrecía el ‘trust’.

Mediante este invento medieval inglés, los gigantes empresariales de copa, café y Cohíba podían controlar los precios a placer, devorando a la competencia y maximizando los beneficios.

La cuestión es que, lógicamente, la fiesta estaba llegando a unos niveles en los que la coctelera acabó saltando por los aires, siendo seguramente el caso del Standard Oil Trust el más famoso de todos.

Mediante este invento medieval inglés, los gigantes empresariales de copa, café y Cohíba podían controlar los precios a placer, devorando a la competencia y maximizando los beneficios

Resulta que Rockefeller -no el muñeco de José Luis Moreno, sino el magnate yanqui- había montado un ‘trust’ en el que, siguiendo ese mismo modelo, varias compañías petroleras habían transferido sus acciones a un pequeño grupo de ‘trustees’, que no dejaban de ser ellos mismos, y a vivir que son dos días.

Total que al poco tiempo y gracias a este sistema de colusión empresarial, Rockefeller y sus coleguis habían logrado acaparar casi el 90% del mercado del refinado petrolero en los Estados Unidos.

Que no es decir mucha sino muchísima, muchísima pasta.

Y así, mientras en España todavía se debatía si aprobar el Código Civil o no, en los Estados Unidos nacía el derecho para combatir el uso del ‘trust’ como herramienta para eliminar a la competencia, siendo el mejor ejemplo de ello la famosa ‘Sherman Antitrust Act’ de 1890.

Por este motivo, en el mundo anglosajón, a las leyes de defensa de la competencia se las conoce precisamente como leyes ‘antitrust’, ya que se utilizaba a esta institución para crear nuevos monopolios en los Estados Unidos.

Como curiosidad, al ‘trust’ de Rockefeller y su portentosa camarilla se lo cepillaron mediante la famosa sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso Standard Oil Co. of New Jersey v. United States, 221 U.S. 1 de 1911.

De hecho, esta decisión daría lugar a la mayor diáspora del petróleo yanqui en treinta y tantas compañías, entre las que aún rondan algunas tan importantes como Exxon, Mobil o Chevron, entre otras.

En fin. Ahora les sigo contando el famoso caso de la familia Mandelbaum.

A VUELTAS CON EL CURIOSO TESTAMENTO DE FRANK MANDELBAUM

Recordemos que el viejo Frank Mandelbaum, un tipo bastante particular, había constituido un ‘trust’ hereditario con todo su patrimonio.

Pero había dejado escrito en su testamento su firme voluntad de excluir a su nieto Cooper si el padre del chaval, Robert Mandelbaum, no se casaba antes con la madre biológica del niño.

El problema es que Robert era más de caracoles que de ostras, como diría Marco Licinio Craso.

Sin duda, la intención de Frank Mandelbaum era aprovechar su herencia establecida mediante un ‘trust’ para tratar de cambiar nada menos que la orientación sexual de su hijo.

Y es que este hombre, como muchos otros padres, había considerado que la distribución de sus bienes a través de un ‘trust’ sucesorio era la última oportunidad que tendrían para influir sobre sus vástagos y que volvieran al recto sendero.

Tengan en cuenta además que, a diferencia de los derechos continentales como en España, donde existe una legítima, es decir, una parte obligatoria de la herencia que se distribuye a favor de los descendientes, en el derecho anglosajón esta institución no existe.

En efecto, aunque hay cierta parte reservada a favor del cónyuge, como norma general rige la libertad absoluta de testar sobre la totalidad del patrimonio, sin que ni hijos ni otros familiares tengan derecho sobre la herencia del fallecido.

EL ‘TRUST’ COMO INSTRUMENTO PARA REINAR DESPUÉS DE MUERTO

Precisamente, al no haber legítima, al hacer testamento se ha aprovechado el ‘trust’ para proporcionar cierta estabilidad financiera a los herederos y, al mismo tiempo, asegurar que ese caudal se fuera desgranando en función del cumplimiento de determinadas circunstancias.

Así es como las grandes dinastías en el mundo anglosajón han tratado de evitar que sus hijos, algunos auténticos macarras, acabaran despilfarrando en juergas y malos vicios las fortunas que tanto sudor habían costado labrar a sus mayores.

Así que, viendo el panorama, los testadores tratan de evitar ese riesgo mediante el denominado ‘incentive trust’, es decir, una zanahoria consistente en un legado condicionado a que los herederos se comporten “debidamente”, según el criterio que hayan establecido en su testamento.

Así, como si se tratara del tesoro de un faraón, el escrupuloso cumplimiento de los requisitos abrirá la puerta sellada del ‘trust’ que conduce hacia el preciado tesoro, como si se tratara del mismísimo Howard Carter.

Y si no, pues vendrá el palo de la desheredación y con ello la habitual exhortación del afectado a los familiares del finado, seguramente hasta llegar a la momia de Akenatón.

MÁS VALE UN MAL ACUERDO…

La cuestión es que, en nuestro caso, el guardián de esta pirámide tan particular era el ‘trustee’, y este no parecía muy entusiasmado con la idea de incumplir las estrictas reglas impuestas por el viejo Frank, no fuera a aparecerse como una aparición espectral.

Por este motivo, se mantuvo firme con el deseo del patriarca de la familia Mandelbaum.

Así que Robert -quien además era Juez del Tribunal Penal de Manhattan-, decidió cortar por lo sano, impugnando el testamento ante los tribunales por discriminatorio.

En sus alegaciones indicó lo que resultaba evidente, ya que “exigir a un hombre gay que se case con una mujer para garantizar la herencia de su hijo equivale a esperar que viva en el celibato o que mantenga relaciones extramatrimoniales con otro hombre y, por tanto, es contrario a la política pública”.

En consecuencia, el asunto se debatiría entre el derecho del testador frente a las posibles limitaciones de derecho público, ya que exigía la celebración de un matrimonio entre Robert, abiertamente gay, y la madre biológica del niño, que por cierto, vayan ustedes a saber por dónde andaba.

Total que, tras interponer la demanda y viendo que todo esto sería la comidilla de la gente bien de Nueva York, las partes llegaron a un acuerdo transaccional que puso fin al contencioso y cuyos términos no fueron publicados.

Una lástima, porque no tenemos una sentencia que vaya a solucionar este asunto, pero está claro que al niño le tocó la lotería del abuelo Frank.

Pero no se preocupen porque, por suerte, tenemos muchos otros casos, como el de Shapira v Union National Bank, en el que el padre condicionó su herencia metida en un ‘trust’ a que el chaval se casara con una chica judía y con ambos padres también judíos.

En caso contrario, todo el patrimonio se iría directo al Estado de Israel.

Pero esto ya lo veremos la semana que viene.

¡Hasta entonces, mis queridos anglófilos!

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