El control interno en las empresas era penoso antes de la reforma del Código Penal que las hizo imputables
De izquierda a derecha, Néstor Aparicio director general de la World Compliance Association, Felipe García, socio de Círculo Legal, que hizo de moderador, y Edmundo Bal, abogado del Estado en el Tribunal Surpemo y exdiptuado por Ciudadanos. Foto: Confilegal.

El control interno en las empresas era penoso antes de la reforma del Código Penal que las hizo imputables

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23/6/2024 06:35
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Actualizado: 22/6/2024 23:15
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«La empresa privada tiene que reconocer sus errores, tiene que reconocer que sus controles internos, hasta la reforma del Código Penal de 2010, eran penosos. Se hacía lo que decía el director general y a ver quién tenía bemoles para decirle que una cosa u otra no se podía hacer. Lo que hicimos con esa reforma fue exportar los sistemas de control interno que la Administración tenía desde tiempo inmemorial», reveló el pasado jueves Edmundo Bal, abogado del Estado en el Tribunal Supremo, y exdiputado por Ciudadanos, durante su intervención en la jornada Cohecho internacional: Responsabilidad penal y Compliance en los mercados de riesgo.

«En la Administración hay dos figuras fundamentales, que son el abogado del Estado y el interventor de Hacienda, que son las que velan por la gestión del dinero público. Hacen, de hecho, las funciones del ‘Compliance Office’, del responsable de cumplimiento normativo. Representan el control jurídico y el control financiero», añadió Bal, que fue uno de los autores de la primera redacción del artículo 31 bis del Código Penal que acabó con el principio jurídico del «societas delinquere non potest», la sociedad (entendida por la empresa) no puede delinquir.

En virtud de este principio, sólo se podrá exigir responsabilidad penal a las personas físicas, nunca a las jurídicas.

«En la Administración hay dos figuras fundamentales, que son el abogado del Estado y el interventor de Hacienda, que son las que velan por la gestión del dinero público. Hacen, de hecho, las funciones del ‘Compliance Office’, del responsable de cumplimiento normativo. Representan el control jurídico y el control financiero», añadió Edmundo Bal

Edmundo Bal, abogado del Estado en el Tribunal Supremo, fue uno de los redactores del artículo 31 bis del Código Penal que se incluyó en la reforma de 2010. Foto: Confilegal.

«Los ‘Compliance Officers’ deben tomar distancia. No deben tener funciones ejecutivas. Su nota esencial, desde mi punto de vista, es que tienen que tener independencia, no solo orgánica sino también técnica. No pueden estar en los consejos de administración y no pueden vetar nada. Su función es la de hacer de policía dentro de sus propias empresas», subrayó durante su turno de intervención en la mesa sobre «Mercados de riesgo: hacer negocios, cumpliendo las leyes», que compartió con Néstor Aparicio director general de la World Compliance Association. Y que moderó Felipe García, socio de la firma de abogados Círculo Legal.

Aparicio aportó otro punto de vista al asegurar que el verdadero líder del «Compliance» dentro de una empresa debe ser su CEO. «Una de las prioridades del ‘Compliance Officer’ es conocer cómo funciona la empresa, cómo se toman las decisiones. Los que mandan son el. CEO y el director financiero, el corazón del mini comité. Hay que estar ahí», aseveró.

El ‘Compliance Officer’ «tiene que tener acceso a los números, a las excel. Debe tener la autoridad suficiente para requerir esos datos a la compañía. Tiene que vigilar. Tiene que ser el fiscal, el policía de la compañía y tiene que desenmascarar los pagos de sobornos», según Néstor Aparicio

Cuando una empresa española va a hacer negocios internacionales al «Compliance Officer» le corresponde hacer un triple trabajo de » identificación de los riesgos, desmenuzando la operación; analizando los riesgos, estudiando la probabilidad de que nos puedan condenar; y la valoración de los riesgos. Hay que realizar controles de terceros, para impedir que se utilicen recursos para sobornar», aclaró Aparicio.

El ‘Compliance Officer’ «tiene que tener acceso a los números, a las excel. Debe tener la autoridad suficiente para requerir esos datos a la compañía. Tiene que vigilar. Tiene que ser el fiscal, el policía de la compañía y tiene que desenmascarar los pagos de sobornos», según Néstor Aparicio

Néstor Aparicio, director general de la World Compliance Association, abogó porque los «Compliance Officers» tengan acceso a las excel, a los números de las empresas. Foto: Confilegal.

IMPLEMENTAR MECANISMOS DE CONTROL PARA LUCHAR CONTRA LA CORRUPCIÓN

Felipe García puso en valor la función de cumplimiento en el estudio y análisis de este tipo de negocios internacionales en países de riesgo, hablando de los distintos tipos de rol que tienen los ‘Compliance Officers’ en los programas de cumplimiento a la hora de estudiar este tipo de negocios jurídicos internacionales.

García, manifestó que hay «Compliance officers» que autorizan o no este tipo de contratos, incluso con capacidad de veto, pero que la mayoría de ellos sólo informan al órgano de gobierno sobre los riesgos que se asumen, teniendo que analizar las leyes, costumbres, recomendaciones de la OCDE y las normas no escritas en el país donde se vaya a ejecutar el contrato.

Diego Cabezuela, socio director de Círculo Legal, abrió la jornada haciendo hincapié sobre la necesidad de seguir implementando mecanismos de control e invertir en planes de compliance efectivos para luchar contra la corrupción.

“Durante los años de la crisis de la zona euro, muchas empresas españolas, –algunas de ellas, sin ninguna previa experiencia internacional– se lanzaron, empujadas por la necesidad, a la búsqueda de mercados  nuevos, en las economías emergentes, y se encontraron escenarios empresariales donde la corrupción era la regla de oro para el acceso a los grandes contratos, especialmente a los contratos públicos”, dijo Cabezuela.

Ante esta situación de clara desventaja en los llamados “mercados de riesgo”, Cabezuela se mostró optimista. Porque han empezado a “encenderse algunas luces importantes” gracias a iniciativas de la banca y determinados gobiernos “deseosos de deshacerse de la lacra” de la corrupción

«Queda un largo camino por recorrer, ninguna norma jurídica puede desterrar de la noche a la mañana, pero es un hecho que se debe y se puede competir y triunfar en los negocios desde la ética y la legalidad, incluso en estos mercados difíciles”, concluyó.

FISCAL ANTICORRUPCIÓN

En este sentido se ha pronunciado el fiscal jefe de la Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, quien señaló la importancia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) como “pieza clave” en la lucha contra el cohecho internacional.

“Se trata de un organismo que está muy pendiente de los programas de ‘Compliance de las empresas'», aclaró Luzón, quien recordó que “es muy importante saber qué camino ha transitado el delito de cohecho internacional para poder combatirlo”.

El fiscal jefe de la Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, durante un momento de su exposición que versó sobre «El delito de cohecho internacional». Foto: Confilegal.

La mesa de cierre, titulada «Indicadores de riesgo del cohecho internacional y mecanismos de control empresarial», integrada por el director de cumplimiento y riesgos de Ferrovial, Pedro Montoya, la directora de auditoría interna, cumplimiento y riesgos de CEPSA, Cristina Fabre, y el socio de In Law Alliance Luis Fernando Rincón, se lanzó un mensaje claro: “no deben condenarse ni determinados sectores ni países”, pues el fraude y la corrupción existen cuando se dan elementos de motivación alrededor del dinero y la codicia.

“Hay que conseguir que la empresa tenga una cultura de ‘Compliance’ real, no sólo los nueve primeros meses del año para después desatenderla los últimos tres meses para cuadrar cifras”, criticó Fabre, que añadió: “el ‘Compliance’ ha de ser preventivo, detectar y gestionar esas oportunidades para realizar delitos de corrupción”.

Julio Bacio, de OCDE, por su parte, destacó que, si bien España obtiene los mejores resultados en el cumplimiento de conflicto de intereses, todavía tiene un largo camino por recorrer, y debe colaborar con el sector privado para establecer políticas adecuadas, pues considera que “no existe una estrategia de anticorrupción definida en el ámbito del soborno nacional”.

El cierre de la jornada corrió a cargo del vicepresidente de In Law Alliance, Francisco Santillán: “Aquellos que dicen ‘vamos a acabar con la corrupción’ con aquellos que van a sacar a relucir los réditos de la corrupción o serán cómplices tolerantes con esas prácticas corruptas. Esa forma de proceder no puede ser un proceder generalizado”.

Felipe García, la diputada del ICAM, Teresa Mínguez, Alejandro Luzón y Diego Cabezuela. Foto. Confilegal.
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