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La publicación de vídeos de detectives de personas objeto de sus seguimientos puede acabar siendo una intromisión ilegítima en sus derechos. Foto: Confilegal

Detectives “indiscretos” en redes sociales: publicar imágenes de su trabajo puede acabar en los tribunales

24 / 06 / 2024 06:30

Las redes sociales se han convertido en una herramienta de trabajo; también para los detectives privados. Y es que, para muchos, plataformas como LinkedIn o TikTok suponen una forma novedosa y atractiva de ofrecer sus servicios en plena era digital.

Sin embargo, esta práctica, cada vez más habitual, puede acabar en los tribunales. Especialmente, por la vulneración de los derechos de las personas protagonistas de estos seguimientos profesionales.

Así pues, es frecuente ver en las redes sociales como algunos detectives muestran en las redes sociales su «modus operandi» en su trabajo diario. Vídeos virales en los que los detectives muestran a la persona objeto de su seguimiento. En muchas ocasiones, una persona que está de baja laboral, y cuya empresa ha contratado los servicios de este investigador privado para comprobar el estado de salud de su trabajador.

«No se trata de que no nos vea. Es pasar desapercibido» explica un detective privado en un vídeo en sus redes sociales, en los que muestra cómo vigila a uno de estos trabajadores de baja laboral, al que se le puede identificar en el vídeo.

«Si la persona es identificable, está claro que estamos ante un tema que tiene tres aristas. Por un lado, por el derecho a la propia imagen. Por otro, de protección de datos. Y, además, la confidencialidad de la empresa que ha hecho el encargo», explica el profesor de Filosofía del Derecho, abogado y experto en justicia digital y protección de Datos, Borja Adsuara, a Confilegal.

La acción de los detectives en redes puede acabar en los tribunales

Así pues, ante la publicación de estos vídeos en redes sociales, es la propia empresa contratante la que podría hacer «algún tipo de reclamación al detective».

Y es que la contratación de estos servicios no implica «que haya autorizado la publicación de las imágenes que ha captado».

Del mismo modo, el trabajador puede reclamar a la empresa que se ha vulnerado «su derecho a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de datos personales porque se le reconoce. Y la empresa solo puede alegar no haber autorizado la publicación de todo ello. Y reclamarlo al investigador», razona Adsuara.

Sin embargo, en este asunto, es el propio investigado el que realmente es el gran afectado por la publicación de las imágenes. Por un lado, en el ámbito laboral. Y es que estas imágenes pueden demostrar si tus acciones están relacionadas con tu dolencia de la baja, o es algo «incompatible», con la misma.

Por otro lado, el trabajador de baja investigado puede reclamar al detective por haber publicado sus imágenes en las redes sociales. Tanto por vulnerar su derecho al honor, imagen e intimidad, como por vulnerar la protección de datos.

«Lo más fácil es siempre ir por protección de datos, porque la denuncia es gratuita» explica Borja Adsuara. «Hay una captación y difusión de imágenes en las que se identifica al individuo sin autorización. Y en ese momento, Protección de Datos investiga si es responsabilidad únicamente del detective, o si también lo es de la empresa».

Un primer paso que también puede acabar en los tribunales civiles. «En el caso de que la agencia te diga que tienes razón, tienes una base más sólida para pedir una indemnización por daños y perjuicios morales. Es una posible intromisión ilegítima en tu derecho al honor, intimidad y propia imagen. y tendrías que presentar una demanda civil ante los tribunales».

Intromisión a los derechos de los trabajadores a los que se le realiza este seguimiento que puede hacer que los detectives acaben siendo los investigados por sus acciones en las redes sociales.

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