La Comisión Europea acusa a Microsoft de violar la legislación antimonopolio por Teams

La Comisión Europea acusa a Microsoft de violar la legislación antimonopolio por Teams

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25/6/2024 13:30
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Actualizado: 25/6/2024 13:30
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La Comisión Europea considera que Microsoft ha infringido las normas antimonopolio de la UE al vincular su sistema de comunicación Teams a sus aplicaciones para empresas Office 365 y Microsoft 365 y podría enfrentarse a una multa del 10 % de los ingresos globales de la tecnológica estadounidense.

La UE entregó a la empresa pública más valiosa del mundo un pliego de cargos en el que se exponen las preocupaciones por haber dado a su aplicación de videoconferencia Teams una «ventaja indebida», perjudicando a rivales como Slack y Zoom.

El Ejecutivo comunitario abrió una investigación preliminar contra Microsoft en julio de 2023 por este asunto y los cambios introducidos por la firma con sede en la localidad estadounidense de Redmond no han convencido a Bruselas, que cree que «son necesarios más cambios en la conducta de Microsoft para restaurar la competencia».

«Nos preocupa que Microsoft pueda estar dando a su propio producto de comunicación, Teams, una ventaja indebida sobre los competidores, al vincularlo a sus populares suites de productividad para empresas», declaró la vicepresidenta ejecutiva de la Comisión encargada del área de Competencia, Magrete Vestager.

Al menos desde abril de 2019, Microsoft «ha estado vinculando Teams con sus aplicaciones principales de productividad SaaS, restringiendo así la competencia en el mercado de productos de comunicación y colaboración y defendiendo su posición en el mercado de software de productividad y su modelo centrado en suites contra proveedores competidores de software individual», agregó la Comisión.

Este último caso contra Microsoft se produce después de una dura batalla con los reguladores por la adquisición de Activision Blizzard el año pasado, por valor de 75.000 millones de dólares, y en un momento en que Microsoft se enfrenta al escrutinio de sus alianzas con nuevas empresas de inteligencia artificial, como OpenAI.

Artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)

«La conducta puede haber impedido que los rivales de Teams compitieran, y a su vez innovaran, en detrimento de los clientes en el Área Económica Europea», agregó la Comisión.

De confirmarse, estas prácticas infringirían el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que prohíbe el abuso de una posición dominante en el mercado.

La Comisión Europea ha enviado a Microsoft sus argumentos a través de un pliego de cargos, que no prejuzgan la decisión final que tome el Ejecutivo comunitario en la investigación originada por las quejas de las firmas Slack Technologies y alfaview GmbH.

Las partes pueden ahora examinar los documentos, responder por escrito y solicitar una audiencia oral para presentar sus comentarios sobre el caso ante los representantes de la Comisión y las autoridades nacionales de competencia.

Podría acarrear una multa de hasta el 10% del volumen de negocios mundial

Si la Comisión concluye, después de que la empresa haya ejercido sus derechos de defensa, que hay pruebas suficientes de una infracción, puede adoptar una decisión que prohíba la conducta e imponga una multa de hasta el 10% del volumen de negocios mundial anual de la empresa.

El Ejecutivo comunitario agregó que la Comisión también puede imponer a la empresa cualquier medida que sea proporcional para poner fin efectivamente a la infracción, para cuya investigación no hay un plazo legal en el que deban concluirse las pesquisas.

El anuncio sobre el caso de Microsoft se conoce un día después de que el Ejecutivo comunitario indicara que investigará en profundidad a la también tecnológica estadounidense Apple al concluir que el análisis preliminar de su tienda digital incumple la normativa comunitaria porque impide «a los desarrolladores de aplicaciones dirigir libremente a los consumidores hacia canales alternativos para ofertas y contenido».

En caso de infracción, la Comisión también puede imponer multas de hasta el 10 % del volumen de negocios mundial total de la compañía, y hasta el 20 % en caso de reincidencia.

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