Septiembre traerá modificaciones importantes en las nomas de procedimiento del TJUE y TGUE
Las reformas, que aplican las recientes modificaciones del Estatuto del Tribunal de Justicia adoptadas por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, han sido diseñadas para modernizar los procedimientos en ambos tribunales. Foto: EP

Septiembre traerá modificaciones importantes en las nomas de procedimiento del TJUE y TGUE

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31/8/2024 05:35
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Actualizado: 01/9/2024 08:10
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Desde el 1 de septiembre de 2024, entran en vigor importantes modificaciones en las normas de procedimiento del Tribunal de Justicia y del Tribunal General de la Unión Europea, una medida que busca adaptar la justicia europea a las demandas contemporáneas y mejorar su accesibilidad y eficiencia.

Las reformas, que aplican las recientes modificaciones del Estatuto del Tribunal de Justicia adoptadas por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, han sido diseñadas para modernizar los procedimientos en ambos tribunales.

Estas incluyen la transferencia parcial de la competencia prejudicial del Tribunal de Justicia al Tribunal General, permitiendo una distribución más eficiente de casos y agilizando las resoluciones judiciales desde el 1 de octubre de 2024.

Uno de los cambios más notables en el Tribunal de Justicia es la introducción de un procedimiento detallado para la tramitación inicial de las peticiones de decisión prejudicial, que determina qué órgano jurisdiccional es competente para conocer de ellas.

Además, las nuevas instrucciones prácticas a las partes facilitarán la presentación de objeciones en asuntos prejudiciales y permitirán la publicación en línea de las observaciones escritas relevantes, promoviendo así una mayor transparencia.

Actuar por videoconferencia

Ambos tribunales han introducido la posibilidad de que las partes o sus representantes puedan actuar en juicio por videoconferencia, cumpliendo con requisitos jurídicos y técnicos específicos, evitando así el desplazamiento hasta Luxemburgo.

También se han mejorado las normas relativas a la protección de datos personales y la presentación y notificación de escritos procesales.

Sala Intermedia

El Tribunal General no se queda atrás en la implementación de innovaciones; se ha establecido una Sala Intermedia que actuará entre las Salas de cinco Jueces y la Gran Sala de quince Jueces, que estará compuesta por nueve Jueces y será presidida por el vicepresidente del Tribunal General.

Las peticiones de decisión prejudicial se atribuirán a Salas especialmente encargadas de conocer de estos asuntos que actuarán en formaciones de cinco Jueces, sin perjuicio de la posibilidad de que estos asuntos sean remitidos a otra formación jurisdiccional en función de la dificultad y de la importancia del asunto.

Igualmente, los Jueces que hayan de desempeñar las funciones de Abogado General en los asuntos prejudiciales y sus sustititutos serán elegidos por el Tribunal General y asistirán a la formación jurisdiccional competente en cada asunto prejudicial.

Otras modificaciones Reglamento de Procedimiento del Tribunal General

• Supresión de la tarifa de Secretaría por los extractos del Registro de la Secretaría, las copias de los escritos procesales y los testimonios de autos y sentencias.

• Modernización de las normas relativas a la forma de presentación y de notificación de los escritos procesales.

• Posibilidad de proceder mediante simple decisión para adoptar medidas procedimentales que hasta ahora requerían la adopción de un auto (reapertura de la fase oral y acumulación de asuntos cuando no existe solicitud de tratamiento confidencial).

• Limitación del plazo para presentar un escrito de adaptación de la demanda cuando el acto cuya anulación se ha solicitado sea sustituido o modificado por otro acto que tenga el mismo objeto.

• Posibilidad de adoptar directamente una diligencia de prueba en la que se solicite información o la presentación de un documento sin adopción previa de una diligencia de ordenación del procedimiento.

• Clarificación y racionalización de las normas relativas a la atribución a una formación jurisdiccional de las demandas accesorias (rectificación, omisión de pronunciamiento, oposición a una sentencia dictada en rebeldía, oposición de tercero, interpretación, revisión, discrepancia sobre las costas).

• Retransmisión de las vistas del Tribunal General, que solo podrá tener lugar tras la entrada en vigor de
una decisión de aplicación.

      Estas modificaciones no solo agilizan los procedimientos, sino que también se alinean con los esfuerzos continuos de la Unión Europea para asegurar que su sistema judicial sea accesible, transparente y adaptativo a las necesidades de una sociedad cambiante.

      Las nuevas normas están disponibles en el sitio web del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal General.

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