El Supremo confirma prisión permanente revisable para una madre que asesinó a su hija de cuatro años
Detalle de la entrada de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Foto: Confilegal

El Supremo avala investigaciones que indagan «hechos distintos» a los denunciados inicialmente, como el «caso Begoña Gómez»

14 / 11 / 2024 17:35

Actualizado el 14 / 11 / 2024 17:35

El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una nueva sentencia en la que refuerza su postura de que los jueces pueden investigar «hechos distintos» a los recogidos en una denuncia inicial. Así, avala investigaciones como la del juez Juan Carlos Peinado, cuya instrucción del denominado ‘caso Begoña Gómez’ ha ido más allá de los hechos denunciados por Manos Limpias en la querella que dio origen al procedimiento.

En una sentencia, el tribunal incide en que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) permite al juez instructor investigar «hechos distintos de aquellos que dieron lugar a la incoación del proceso». En este sentido, entiende que «no es aceptable» que se pretenda que los hechos investigados queden «perfectamente definidos» cuando se abre una causa.

«Sólo cuando los hechos van siendo esclarecidos, en el curso de la investigación, es posible, y exigible, que la acusación quede claramente perfilada, tanto fáctica como jurídicamente», señala. Sobre este extremo, además, considera que «es factible que la investigación se extienda a hechos nuevos o a periodos temporales no contemplados inicialmente».

‘notitia criminis’ y el Supremo

En la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo de Porres, el Supremo recuerda que ya en 2015 dijo que la ‘notitia criminis’ –tener conocimiento de un presunto hecho delictivo– es «suficiente para que se ponga en marcha la investigación judicial del delito».

No obstante, precisa que la causa debe estar delimitada y no se puede empezar un procedimiento penal para «investigar en general a una persona o a un entero ámbito profesional o empresarial o un fenómeno social».

«Eso no significa que una investigación penal pueda quedar delimitada o circunscrita a los hechos que se describan en la denuncia o ‘notitia criminis’ inicial», añade.

UN CASO DE FRAUDE EN MÁLAGA

El Pleno de la Sala de lo Penal del Supremo se ha pronunciado así tras estudiar el caso de dos hombres condenados en Málaga por cinco delitos contra la Hacienda Pública por defraudar el IRPF y el Impuesto de Sociedades.

Ambos presentaron recursos de casación ante el alto tribunal al considerar que se les había condenado en base a «pruebas nulas» que fueron obtenidas por la Agencia Tributaria y la Fiscalía infringiendo sus derechos fundamentales, «sin control ni autorización judicial» y en el marco de una investigación prospectiva «basada en meras sospechas y no indicios delictivos».

El tribunal concluye que la Agencia Tributaria se enmarcó «en las funciones de investigación para las que está facultada por ley».

Entiende que las pesquisas «no fueron prospectivas porque tuvieron como origen distintas denuncias en las que se ofrecieron datos precisos que permitían presumir razonablemente la posible existencia de una grave infracción tributaria».

También avala el Supremo la actuación de la Fiscalía: «No apreciamos lesión alguna de derechos fundamentales que conduzca a declarar la nulidad de las actuaciones realizadas».

Con todo, el tribunal entiende que algunas de las diligencias «no son válidas» por haber sido «practicadas fuera de plazo».

No obstante, aclara que «nada impide que la información probatoria derivada de las diligencias practicadas fuera de plazo pueda aportarse a juicio». Así las cosas, estima esta parte de los recursos y declara la nulidad de dichas actuaciones.

Según consta en la resolución, dos de los magistrados del Pleno han redactado un voto particular para mostrar su discrepancia con el criterio de la mayoría, al entender que las diligencias anuladas deberían tenerse en cuenta porque, según sus cálculos, no se realizaron fuera de plazo.

Noticias relacionadas:

El Supremo da un ultimátum al Gobierno por la Ley de Nietos: cinco días para entregar la lista de afectados o afrontar multas

Perelló lanza un mensaje a los jóvenes durante las jornadas de puertas abiertas del Supremo: «Faltan muchos jueces»

Una empresa, multada con 20.000 euros por impedir a Hacienda acceder a sus ordenadores

El Constitucional rechaza el amparo del Defensor del Pueblo sobre la Ley de Nietos por diez votos a dos

Opinión | La delgada línea entre el deber de colaboración y el derecho a la no autoincriminación de la persona jurídica

El Supremo amnistía a Junqueras, Romeva, Turull y Bassa, pero acusa al Constitucional de invadir sus competencias

Lo último en Tribunales

Despido

Despedido por hacer de camarero estando de baja: la Justicia obliga a readmitirlo e indemnizarlo con 10.000 € por daños morales

asdfasf

Anticorrupción ve una posible malversación en las joyas saudíes que Zapatero no entregó a Patrimonio

Isabel Díaz Ayuso. Foto: Comunidad de Madrid

La Fiscalía investiga posibles delitos de odio, amenazas e injurias contra Ayuso en la acampada de Sol

Las joyas de Zapatero bien

El juez del ‘caso Plus Ultra’ reclama a Patrimonio la relación de regalos que recibió Zapatero durante su Gobierno

alejo vidal-quadras

La Fiscalía pide hasta 27 años de cárcel para los acusados del atentado contra Alejo Vidal-Quadras