La Abogacía ve una oportunidad para abordar el problema de los mutualistas en la proposición de ley presentada hoy
“La proposición del PSOE es un buen punto de partida para la negociación parlamentaria, en la que necesariamente debemos ser escuchados quienes tenemos la representación legal de la abogacía y los colectivos de afectados”, ha explicado el presidente del Consejo General, Salvador González.

La Abogacía ve una oportunidad para abordar el problema de los mutualistas en la proposición de ley presentada hoy

Establece el incremento progresivo de las cuotas de los mutualistas que se ajustarán gradualmente hasta alcanzar el 100% de la base mínima de cotización del RETA en 2027, comenzando con un 86% en 2025 y un 93% en 2026.
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21/11/2024 17:11
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Actualizado: 21/11/2024 17:15
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El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) considera que la presentación, esta mañana, de una proposición de ley en el Congreso para abordar el problema de los mutualistas alternativos abre una oportunidad a que exista un amplio diálogo que permita encontrar una solución satisfactoria para todos los afectados.

La proposición, registrada por el Grupo Socialista, contiene algunos avances sobre el texto que fue rechazado por la Comisión de Justicia este mismo mes, pero lo más importante es que, frente a una situación de bloqueo, permite abrir un amplio diálogo con todos los grupos parlamentarios en el que tendrán una participación determinante el propio Consejo General y los colectivos de afectados.

La Abogacía Española sostiene, en base a los informes realizados por expertos y académicos, que la cuestión que debe resolverse se asienta sobre el derecho constitucional a recibir una pensión digna y periódica actualizada (Artículo 50).

Es por ello que desde el comienzo se ha reclamado una solución que acoja a todos los colectivos de mutualistas, independientemente de su fecha de incorporación. 

La proposición del PSOE es un buen punto de partida para la negociación parlamentaria, en la que necesariamente debemos ser escuchados quienes tenemos la representación legal de la abogacía y los colectivos de afectados”, ha explicado el presidente del Consejo General, Salvador González.

Principales medidas de la proposición sobre los mutualistas alternativos

Así, según consta en la citada proposición de ley, como nos avanzó ayer a Confilegal, Enrique Sanz Fernández-Lomana, presidente de la Mutualidad, el texto introduce la eliminación progresiva de las mutualidades alternativas a partir del 1 de enero de 2027.

E incide en que los profesionales que inicien actividades por cuenta propia solo podrán acogerse al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), salvo ciertas excepciones que incluyan estar previamente afiliados a la Seguridad Social.

Además, establece el incremento progresivo de las cuotas de los mutualistas que se ajustarán gradualmente hasta alcanzar el 100% de la base mínima de cotización del RETA en 2027, comenzando con un 86% en 2025 y un 93% en 2026.

Pasarela al RETA

La proposición, registrada por el Grupo Socialista, subraya que a fin de establecer una «pasarela» entre la mutualidad alternativa y el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), de modo que los profesionales colegiados que estén incluidos en alguna de estas mutualidades de previsión social alternativas a dicho régimen puedan, en el plazo de un año desde la entrada en vigor del reglamento de desarrollo de esta disposición, solicitar la transferencia voluntaria de los derechos económicos que tengan acumulados en las mutualidades en su condición de alternativas».

Para ello, deberán concurrir las siguientes condiciones: «carecer del periodo mínimo para acceder a la pensión de jubilación en el sistema de Seguridad Social, encontrarse en activo como profesional colegiado en la respectiva mutualidad a fecha 31 de diciembre de 2022 y no tener la condición de pensionista a cargo de ningún régimen público ni de la respectiva mutualidad alternativa«.

Según la citada proposición de ley, «Esta trasferencia de derechos conllevará el encuadramiento obligatorio e irreversible en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos del profesional colegiado para la actividad que determinó esta transferencia».

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