Sellart y Santos cerdán
Confirma así su decisión inicial de denegar las diligencias reclamadas por la defensa de Cerdán el pasado 8 de septiembre. Foto: EP

El Supremo advierte a Cerdán ante la batería de diligencias solicitadas: «no es ocasión apropiada para el desahogo»

1 / 10 / 2025 11:57

En esta noticia se habla de:

El instructor del ‘caso Koldo’ en el Tribunal Supremo (TS), Leopoldo Puente, ha vuelto a rechazar la batería de diligencias solicitadas por el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, advirtiéndole además de que no puede usar los recursos para su «desahogo».

Confirma así su decisión inicial de denegar las diligencias reclamadas por la defensa de Cerdán el pasado 8 de septiembre, tales como incorporar a la causa documentación de las investigaciones que se siguen en la Audiencia Nacional sobre otra rama del ‘caso Koldo’ y el ‘caso hidrocarburos’; dar aviso al Congreso de los Diputados de que el TS estaría investigando aforados sin su necesario permiso; u otras encaminadas a desacreditar los audios del ex asesor ministerial Koldo García.

«Lo cierto es que este instructor no advierte en el recurso que ahora se resuelve razonamiento alguno que no estuviera expresado ya por la parte en su escrito anterior», afea el magistrado.

En esta línea, aprovecha para aclarar que el recurso de reforma, donde se pide al juez que revise su decisión, es de «naturaleza no devolutiva», porque su objetivo es que la parte «tenga la oportunidad de destacar y hacer valer los errores materiales que advierta», así como la de ofrecer razonamientos distintos a los llevados a cabo por el instructor.

Puente hace hincapié en que el recurso de reforma «no es ocasión apropiada para el desahogo de la parte, calificando, incluso con el empleo de gruesos adjetivos, la actuación del instructor o su modo de razonar –que, en este caso, a la parte se le antoja, en ciertas ocasiones, ‘pueril y quizás frívolo’, o atribuyéndole un propósito ‘sarcástico’, cuando no el de ‘distorsionar’ el contenido de otras resoluciones–«.

Las comparaciones de Cerdán con la dictadura

«Ni es tampoco», añade, «el momento ni el lugar más idóneo para establecer extravagantes paralelismos entre la presente causa especial y ‘los juicios sumarísimos de la dictadura'».

El magistrado apostilla que tampoco es la vía adecuada para «valorar la competencia de los miembros de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, departamento de investigación económica y anticorrupción –a los que se refiere la parte genéricamente como ‘guardias’ y considera ‘carecen de pericia acreditada’–; ni para entrar en debate con las consideraciones efectuadas por el Ministerio Fiscal».

Noticias relacionadas:

Los pacientes no pueden conocer la identidad de los médicos que acceden a su historial clínico, según el TS

El castellano no puede ser excluido de la rotulación de los colegios públicos catalanes, según el Supremo

El TS corrige el nuevo Reglamento de Extranjería en materia de menores, trabajo o antecedentes penales

La retractación de una víctima de delito sexual no es suficiente para absolver al acusado, según el Supremo

El Supremo reclama al partido de Alvise sus cuentas por presunta financiación ilegal

Moreno y Anticorrupción solicitan que Balas continúe al frente de la investigación del caso Koldo aunque ascienda a coronel

Lo último en Tribunales

Narbona y Villafañe

Pedraz interroga hoy a la presidenta del PSOE y a los dos fiscales de máxima confianza cuando García Ortiz era FGE

deportista protección de datos dopaje

Europa avala que se publique el nombre de los deportistas «cazados» dando positivo en dopaje

historial clínico

Los pacientes no pueden conocer la identidad de los médicos que acceden a su historial clínico, según el TS

caser aseguradora discoteca

Caser Seguros, condenada a pagar 8.250 € a una discoteca por el cierre temporal del local

despido nulo mensaje empresa baja médica

«Las bajas largas seguirán el mismo camino»: el aviso de una empresa por WhatsApp convierte el despido en nulo