La Audiencia Nacional (AN) ha reconocido el derecho de los familiares de un agente de la Guardia Civil asesinado a ser indemnizados por el Ministerio de Interior. Ello, debido a que el asesino se ha declarado insolvente, no abonando la indemnización de 335.000 euros incluida en su condena.
Era 15 de octubre de 2018 cuando un agente de la Guardia Civil, de madrugada, iniciaba una persecución hacia un sospechoso en un coche robado. Un acto de servicio en el que el agente de la Benemérita sufría un disparo por parte del sospechoso, y fallecía poco después.
Hombre que era declarado culpable de homicidio. Ello, condenado a pena de prisión, así como imposición de una indemnización a los familiares del fallecido que ascendía hasta los 335.000 euros. Una cifra que, sin embargo, no abonaba, declarándose insolvente.
Algo ante lo que la familia del agente fallecido presentaba una petición de resarcimiento ante el Ministerio de Interior. Petición que se rechazaba, primero por silencio administrativo, y luego de forma expresa el 18 de octubre de 2022, por el departamento de Fernando Grande-Marlaska.
Un caso que llegaba ante la Audiencia Nacional en recurso contencioso-administrativo. En concreto, ante la Sala compuesta por los magistrados Alicia Sánchez Cordero (presidente y ponente), Margarita Pazos Pita, Eduardo Hinojosa Martínez y Alicia Esther Ortuño Rodríguez.
Así pues, la defensa de la familia del agente fallecido basaba su petición en el principio de indemnidad.
«El principio de indemnidad implica que la Administración debe resarcir a sus funcionarios por los daños sufridos en el ejercicio de sus funciones por acciones ilícitas de las personas sobre las que las ejercen», recuerda ahora la sentencia de la AN.
Una indemnización de 335.000 euros a la familia de la Guardia Civil
Escrito ante el que respondía el Ministerio de Interior, representado por la Abogacía del Estado, que se oponía a la demanda, solicitando la desestimación del recurso y la confirmación del acto administrativo. Ello, contemplando que el Real Decreto 485/80 «solo contempla el resarcimiento por dalos a los bienes de propiedad particular» de la Guardia CIvil.
Situación ante la que la Audiencia Nacional no duda en fallar a favor de la familia del fallecido. Ello, entendiendo que, en un caso de insolvencia, es la Administración la que debe asegurar la restitución al agente afectado.
«El derecho a ser resarcido […] es inherente al sentido instrumental de toda administración. Ya que quienes la sirven no actúan en interés propio, sino en el interés público», recuerda la AN. «Por eso, si al hacerlo sufren un daño, en supuestos en el que el causante no es localizado o resulta insolvente, deben ser resarcidos directamente por la propia Administración en cuyo nombre actúan», asegura.
Valoración con la que la Audiencia Nacional confirma que la normativa aplicable al resarcimiento por daños personales a un Guardia Civil también debe incluir la indemnización. Y así, estima el tribunal el recurso contencioso-administrativo de la familia. Ello, reconociendo el derecho del abono de los más de 300.000 euros solicitados por parte del Ministerio de Interior. Sin imposición de costas.
Un caso que no sólo afectará a la familia de este agente. También a otros que han perdido en acto de servicio a un familiar de la Benemérita y que, actualmente, se encuentran pendientes de resolución. Y es que esta sentencia de la AN es pionera en el reconocimiento de su derecho de indemnización.