La Audiencia Nacional ha denegado la petición de extradición de Pedro Rojas Chirinos, de 58 años, diputado en la Asamblea Nacional de Venezuela por el partido opositor Acción Democrática –intervenido por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela–, que había sido formulada por los representantes legales de la República Bolivariana de Venezuela en España.
El tribunal de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en un auto que tiene fecha de 18 de diciembre del pasado año, ha concluido, asumiendo la tesis de la defensa de Rojas Chirinos –articulada por el abogado Luis Chabaneix, socio director de la firma Chabaneix Abogados Penalistas–, con la que coincidió el Ministerio Fiscal, que los hechos descritos no constituirían delito conforme al ordenamiento jurídico español.
Por lo tanto, no concurría el principio de doble incriminación, un principio del derecho penal y del derecho internacional según el cual un hecho solo puede dar lugar a determinadas consecuencias jurídicas si constituye delito en ambos ordenamientos jurídicos involucrados.
En este caso, la petición adolece de este requisito esencial del procedimiento de extradición.
Rojas Chirinos fue testigo electoral en las elecciones presidenciales del 24 de julio de 2024. El diputado venezolano denunció públicamente irregularidades en las actas electorales, falta de transparencia del Consejo Nacional Electoral y la manipulación de los resultados.
Según dichas actas, el apoyo de los electores fue mayoritario a favor del candidato candidato opositor Edmundo González.
Rojas Chirinos fue detenido el 22 de septiembre pasado en el aeropuerto de Adolfo Suárez Madrid Barajas, cuando se disponía a viajar a Panamá.
Su arresto se produjo en virtud de una orden de detención a efectos de extradición emitida por las autoridades venezolanas por presuntos delitos informáticos por los que le piden 15 años de cárcel.
En su declaración posterior ante el magistrado Francisco de Jorge Mesas, titular del Juzgado Central de Instrucción 1, negó dichos hecho y alegó que la orden de detención cursada a través de Interpol Venezuela se debía a una «persecución política» por tratarse de un diputado nacional del partido de la oposición al régimen de Nicolás Maduro.
Tras tomarle declaración, el magistrado De Jorge, a instancias del fiscal, acordó su puesta en libertad con la prohibición de salir de España, retirada del pasaporte y comparecencias mensuales en el juzgado, a la espera del resultado de la tramitación de la extradición que reclama Venezuela.
En esa ocasión, Rojas Chirinos fue asistido por el abogado Carlos Bautista, también de la firma Chabaneix, expertos en extradiciones y exfiscal de lal Audiencia Nacional.
De acuerdo con la orden de detención emitida por las autoridades judiciales venezolanas, el opositor venezolano había sido presidente de la empresa Tranred -una plataforma tecnológica de medios de pago- en la que después permaneció como directivo asociado con Gustavo Chirinos y otras seis personas.
Se le acusa, en concreto, de no atender a las alertas del equipo de tecnología debido a las deficiencias que se estaban presentando y dejar vencer las licencias de los sistemas operativos, lo que dejó a la plataforma en situación de vulnerabilidad.
Ello, según sostiene la reclamación bolivariana, facilitó que Tranred sufriera un «hackeo» que le generó un gran daño reputacional y patrimonial, que las autoridades venezolanas valoraron en 200.000 dólares.
Por estos hechos, el régimen chavista le atribuye los delitos de asociación para delinquir, apropiación de información por medios electrónicos y sabotaje o daño a sistemas informáticos.