El Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha registrado en el Congreso una propuesta de modificación del artículo 403 del Código Penal, sobre intrusismo profesional, para adaptarlo a la nueva realidad en el «ejercicio» de la abogacía, donde de plataformas, chatbots o sistemas automatizados ofrecen al público “consultoría” o asesoramiento jurídico sin supervisión profesional directa y efectiva. Foto: Cedida.

El ICAM propone reformar el delito de intrusismo profesional para frenar el asesoramiento jurídico con IA

18 / 02 / 2026 11:28

Actualizado el 20 / 02 / 2026 14:44

La digitalización del sector legal está generando nuevas oportunidades, pero también riegos que afectan a la seguridad jurídica de los ciudadanos. Ello, provocado por el auge de plataforma y sistemas automatizados por sistemas de Inteligencia Artificial (IA) que ofrecen «consultoría» jurídica sin intervención de un profesional.

Ante este escenario, el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha registrado en el Congreso una propuesta de modificación del Código Penal con el objetivo de adaptar el delito de intrusismo profesional, tipificado en el artículo 403, a los entornos digitales y evitar que determinadas prácticas queden fuera del perímetro de garantías del ejercicio de la abogacía.

Con la actual redacción del tipo delictivo, solo se puede perseguir las acciones de una persona física sin título. Sin embargo, actualmente, ese «ejercicio» puede producirse por sistemas de Inteligencia Artificial (IA) con una autoría «organizativa difusa que dificulta su imputación».

«El fenómeno emergente se caracteriza porque el “ejercicio” puede materializarse a través de sistemas automatizados (productos/servicios) cuya oferta se realiza al público de forma masiva y, con frecuencia, con finalidad lucrativa, produciendo un espacio de insuficiente cobertura cuando no existe un sujeto individual que “se atribuya” la cualidad profesional o cuando se pretende diluir la autoría en la organización tecnológico», comienza la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica el artículo 403 del Código Penal, que ha entregado ya la institución colegial.

Un fenómeno emergente con impacto real en los ciudadanos

Desde el ICAM se parte de una constatación clara: «la transformación digital está facilitando servicios capaces de simular orientación legal a gran escala, desplazando al profesional y difuminando los límites entre información general y asesoramiento jurídico profesional», detallan en la nota de prensa emitida por el Colegio.

Muchos de los ciudadanos están acudiendo a estas aplicaciones e IA para encontrar las respuesta a sus pequeños conflictos. Sin embargo, desde el ICAM recuerda que estas herramientas están basadas en algoritmos y se encargan de reproducir palabras una tras otra, consiguiendo el máximo sentido, pero no la máxima precisión en los contenidos.

«La ciudadanía puede adoptar decisiones de trascendencia jurídica (presentación de escritos, aceptación de acuerdos, renuncias, estrategias procesales, contratación, reclamaciones o recursos) basadas en “respuestas” generadas por sistemas automatizados que: carecen de deberes deontológicos; no están sometidos a responsabilidad profesional en los términos propios del ejercicio; o pueden inducir a error por falta de control humano cualificado», explican en su Proposición de Ley.

Qué plantea la reforma del Código Penal

La propuesta del ICAM mantiene intactos los apartados actuales del artículo 403 y añade nuevos supuestos para cubrir el llamado “intrusismo digital”, sin criminalizar el uso legítimo de la tecnología.

El eje central es claro: se tipifica la conducta de quien, «con ánimo de lucro o en el marco de una actividad empresarial o profesional», diseñe u ofrezca al público sistemas automatizados que, «sin intervención directa y efectiva de un profesional habilitado», generen recomendaciones, dictámenes o documentos propios de una profesión titulada.

«Nuestra propuesta es proporcionada y acotada: fija un umbral claro de intervención humana profesional, centra la responsabilidad en quien comercializa el servicio sustitutivo y, al mismo tiempo, protege los usos legítimos de la tecnología como herramienta auxiliar del profesional. Estamos a disposición de los grupos parlamentarios
para mejorar el encaje técnico y asegurar la máxima seguridad jurídica”, explica Eugenio Ribón, decano del ICAM.

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