El Tribunal de Instancia de Mieres ha desestimado las pretensiones del comprador de un coche de segunda mano, marca Audi. Y así, ha reconocido que los problemas presentados por el vehículo no eran un «vicio oculto», sino propios del desgaste del coche, que no podían reclamarse al vendedor.
El mercado de segunda mano se ha convertido en una opción para aquellos que buscan un producto que esté en buen estado, pero consiguiendo un mejor precio por él al haber tenido otro dueño previo.
Un sector que está en auge, pero donde el engaño también está a la orden del día. Y es que son muchos los que, aprovechándose de la necesidad de otros, deciden «hacer negocio».
Unas dudas que le surgían a Roberto (nombre ficticio), después de haber adquirido en el mercado de segunda mano un Audi SQ5, por el que pagaba 22.000 euros a Ricardo.
«Al poco tiempo de su adquisición, ya presentó averías (consumía aceite de manera excesiva) y a mediados de mayo de 2023 sufrió una importante fuga de aceite lubricante», que le supuso un gasto de 2.017 euros.
Caso que llevaba a Roberto a presentar una demanda contra Ricardo en los tribunales. En concreto, llegando el caso al Tribunal de Instancia de Mieres.
Ello, estipulando el comprador del coche que el vendedor, representado por la abogada Sara Bernardo Fonseca, le abonara la reparación del vehículo, los intereses legales, y las costas.
Tribunal que, en su sentencia 39/2026, desestimaba las pretensiones de Roberto.
La avería, propia del desgaste del coche
Así, establecía en primer lugar que Ricardo se dedicaba al comercio minorista de vehículos, constando como el adquiriente del vehículo que posteriormente vendía a Roberto.
Un coche que presentaba una «fuga de aceite que se encontraba en la parte superior del motor. En concreto, en las juntas de la tapa de balancines».
Anomalía que, tal y como destacaba el propio perito del demandante, se detectaba «tras dos meses de uso, al percibir un consumo anormal de aceite lubricante del motor, el cual se fugaba. Se trata de una pérdida de aceite que es un proceso continuado con crecimiento progresivo, y que comienza con una pequeña fuga de difícil detección».
Explicación del experto que, para el tribunal, demostraba que el desgaste del coche no podía ser entendido como un «vicio oculto» del vehículo, que el vendedor había escondido a propósito al comprador.
Así, estipula la sentencia que «no hay prueba concluyente de que la avería no se deba a la antigüedad y uso del vehículo, y tampoco de que fuera anterior a la venta».
«El propio perito recogió en su informe la dificultad de apreciación de la avería, lo que pone en duda que necesariamente hubiera sido observada e ignorada por la parte demandante«, falla el tribunal, que desestima la demanda, absolviendo al vendedor.
Un fallo en el que, además, se imponen las costas al comprador, haciendo que una avería del vehículo acabe siendo mucho más cara de lo que se planteó al llevarlo al taller.