La Asociación de Fiscales (AF), asociación mayoritaria de la carrera fiscal, ha dado un paso sin precedentes: ha presentado una demanda contra España ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por cómo se nombran los altos cargos de la Fiscalía General del Estado.
El detonante, las sentencias 6/2026 y 7/2026 del Tribunal Constitucional beneficiaron directamente a Eduardo Esteban Rincón, fiscal de carrera nombrado en 2022 fiscal de sala coordinador de Menores (equivalente a magistrado del Tribunal Supremo) de la Fiscalía General del Estado.
El Tribunal Supremo había anulado previamente ese nombramiento al considerar que otro candidato acreditaba una mayor especialización en la materia.
Sin embargo, el Constitucional revocó las resoluciones del Supremo al apreciar una vulneración del derecho fundamental de acceso a cargos públicos en condiciones de igualdad reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución.
Las resoluciones del Constitucional también tuvieron un importante efecto institucional, al reforzar la discrecionalidad del fiscal general del Estado en los nombramientos de altos cargos fiscales y validar el criterio seguido por la Fiscalía General del Estado en este caso.
Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales, considera que ambas sentencias abren la puerta a que la afinidad ideológica pese más que el mérito.
El fondo del asunto
El fondo del asunto es grave.
Dexeus, lo explica sin ambages: «Hemos presentado esta demanda porque las sentencias del Tribunal Constitucional acogen un criterio de discrecionalidad máxima en los nombramientos de la Fiscalía, en el que la confianza y la afinidad ideológica pueden prevalecer sobre los principios de mérito y capacidad«.
No es una crítica menor. Según Dexeus, el Constitucional ha ido más lejos: «Legitima un sistema de designaciones en el que la afinidad ideológica, cuidadosamente revestida de argumentación jurídica, puede imponerse sobre la especialización técnica exigida para el desempeño del cargo«.

El problema, advierte Dexeus, no se queda dentro de las paredes de la Fiscalía. Afecta a toda la función pública, a los principios de imparcialidad y objetividad que deben regir el ejercicio del poder. La presidenta es contundente:
«Se rompe así un pilar esencial del Estado de Derecho, al sustituir los principios de mérito y capacidad por criterios de afinidad», afirma.
La demanda también apunta a una irregularidad procesal concreta: la intervención, en el procedimiento ante el Constitucional, de un magistrado cuya imparcialidad estaba comprometida por sus vínculos previos con los fiscales afectados.
«En la demanda también se evidencia la quiebra del principio de imparcialidad, al haber intervenido en el procedimiento un magistrado cuya neutralidad se encontraba comprometida por su relación previa con los fiscales afectados», subraya Dexeus. Eso, alegan, vulnera el artículo 6 del Convenio Europeo —el derecho a un proceso con todas las garantías—.
La referencia es clara: Cándido Conde-Pumpido Tourón, presidente del Constitucional, que fue fiscal general del Estado entre abril de 2004 y diciembre de 2011.
A ello se suma la denuncia por discriminación. La Asociación invoca el artículo 14 del Convenio, que prohíbe tratos desiguales, al entender que un sistema donde criterios ajenos a la capacidad técnica pueden ser determinantes viola la igualdad en el acceso a los cargos públicos.
Con esta demanda, la Asociación de Fiscales traslada al máximo tribunal europeo en materia de derechos una pregunta incómoda para el Estado español: ¿puede llamarse independiente una fiscalía cuyos cargos se designan por afinidad?