La Audiencia Provincial de Barcelona considera que términos como «hamburguesa», «chorizo» o «salchicha» pueden utilizarse para productos vegetales si el consumidor identifica claramente su origen. Foto: Huera Foods.

Las hamburguesas o salchichas también pueden ser sin carne: la Justicia avala que Heura las denomine así

17 / 08 / 2026 01:26

Actualizado el 17 / 08 / 2026 01:27

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La palabra «hamburguesa» ya no tiene por qué llevar carne detrás. La Audiencia Provincial de Barcelona ha avalado que Heura utilice denominaciones tradicionalmente asociadas a productos cárnicos —como «hamburguesa», «burger», «chorizo» o «salchicha»— para comercializar alimentos de origen vegetal, siempre que el consumidor pueda identificar correctamente su naturaleza. La sentencia considera que la indicación «100% vegetal» permite distinguir el producto y descarta que estas denominaciones, por sí solas, induzcan a error.

La resolución nº545/2026, dictada por la Sección 15.ª de la Audiencia Provincial de Barcelona el 11 de mayo de 2026, resuelve el enfrentamiento entre varias organizaciones interprofesionales del sector cárnico y Foods For Tomorrow, empresa propietaria de Heura. El conflicto jurídico no se limitaba a una palabra en una etiqueta: las asociaciones denunciaban el uso de términos vinculados tradicionalmente a la carne, imágenes de animales y distintos mensajes publicitarios de la compañía.

Una «hamburguesa» puede ser vegetal

Las seis organizaciones interprofesionales de los sectores ganadero y cárnico —INTERPORC, PROVACUNO, INTEROVIC, ASICI, AVIANZA e INTERCUN— llevaron a Heura ante los tribunales por el uso de denominaciones tradicionalmente asociadas a productos cárnicos, como «hamburguesa», «burger», «chorizo» o «salchicha», en alimentos de origen vegetal. Las asociaciones sostenían que estas denominaciones, junto con las imágenes de animales utilizadas en algunos envases, podían inducir a error al consumidor y constituir actos de competencia desleal.

La sentencia de primera instancia había descartado que el uso de esas denominaciones y de las imágenes de animales indujera a error. Las organizaciones recurrieron esa decisión y defendieron que términos como «hamburguesa» o «pollo vegetal» no podían utilizarse para identificar productos que no contienen carne.

Heura, por su parte, sostuvo que el consumidor medio distingue perfectamente entre un producto vegetal y uno de origen animal, especialmente cuando el envase indica expresamente que es «100% vegetal».

La AP de Barcelona avala el término usado por Foods for Tomorrow

Y por ello presentó un recurso ante la Audiencia Provincial de Barcelona, que acabaría en la sección nº15 de la rama Civil, integrada por José María Ribelles Arellano, Luis Rodríguez Vega y Nuria Lefort Ruiz de Aguiar, quien inclina la balanza a favor de la compañía de productos de origen vegetal.

Para los magistrados lo decisivo es cómo percibe el producto el consumidor medio, independientemente de si está hecha a partir de un producto o de otro. Y, según la prueba aportada al procedimiento, ese consumidor entiende que está ante un alimento vegetal.

Un estudio citado por el tribunal concluyó que el 92,5 % de los encuestados identificaba una hamburguesa vegetal como un producto elaborado con proteína vegetal y sin carne animal. Otro análisis situó en el 90 % la proporción de potenciales compradores capaces de reconocer el origen vegetal de los productos de Heura.

Con esos elementos, los magistrados consideran que el uso de las denominaciones no provoca el engaño denunciado. La palabra «hamburguesa», por tanto, no queda reservada en este litigio a un producto de origen animal cuando el envase informa claramente de que su contenido es vegetal.

El fallo tiene además una segunda lectura relevante: la AP de Barcelona considera que los productos vegetales y los cárnicos pueden satisfacer necesidades semejantes y ser sustitutivos para el consumidor. Por eso también admite que puedan ser objeto de publicidad comparativa, siempre que se respeten las reglas que exige la legislación.

Heura pierde contra los anuncios de contaminación

La victoria no es completa. La Audiencia sí declara ilícita por engañosa la campaña «Una hamburguesa de carne contamina más que tu coche».

Los magistrados acreditan que el mensaje, presentado sin suficientes precisiones, podía hacer creer al consumidor que la fabricación de una sola hamburguesa tenía un impacto contaminante equivalente al uso de un vehículo en términos absolutos. Por ello ordena retirar los contenidos vinculados a aquella campaña y prohíbe repetirla.

En definitiva, establece una frontera bastante clara: Heura puede llamar «hamburguesa» a una hamburguesa vegetal; lo que no puede hacer es presentar como un dato objetivo una comparación publicitaria capaz de inducir a error.

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