¿Cuándo tiene que indemnizar un Estado a un ciudadano por vulnerar el Derecho de la UE?

El magistrado Alfonso Villagómez analiza los requisitos establecidos por el TJUE para que los ciudadanos puedan reclamar una indemnización al Estado por una infracción del Derecho de la Unión Europea cometida por un órgano jurisdiccional de última instancia.

23 / 09 / 2026 18:27

Actualizado el 23 / 09 / 2026 18:28

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en las sentencias pronunciadas en los casos acumulados C-163/24 y C-293/24, acaba de precisar los requisitos para exigir responsabilidad a un Estado miembro por una infracción del Derecho de la Unión Europea cometida por un órgano jurisdiccional nacional de última instancia, como en España puede ser nuestro Tribunal Supremo.

En este sentido, los particulares perjudicados por la posible infracción tienen derecho a una indemnización cuando se cumplen, a juicio del TJUE, los siguientes requisitos:

• Que la norma infringida tenga por finalidad otorgar derechos a los particulares.

• Que la infracción de la norma esté suficientemente caracterizada e individualizada en el caso concreto de que se trate.

• Que haya una relación de causalidad entre la infracción y el daño efectivo.

Opinión | Sobre el tiempo electoral y los derechos de los afectados en la «ley de nietos»

Opinión | Ni ley, ni solo de nietos: una instrucción nula de pleno derecho; sobre la aplicación al caso enjuiciado por el TS. Capítulo IV

Opinión | ¿Puede suspender el Tribunal Constitucional las elecciones del 29 de noviembre?

A vueltas con la implantación suficiente: no toda presencia sindical legitima un conflicto colectivo.

Un tercio de las licitaciones españolas, con una sola oferta: CUNEF somete la compra pública a examen

Opinión | La tutela cautelar para proteger la integridad electoral: prudencia judicial y equilibrio de intereses constitucionales

Lo último en Firmas

Diseño sin título(38)

Opinión | Sobre el tiempo electoral y los derechos de los afectados en la «ley de nietos»

La «Solicitors Regulation Authority», el ojo de la Abogacía inglesa que quiere verlo todo (III)

Opinión | CDL: La «Solicitors Regulation Authority», el ojo de la Abogacía inglesa que quiere verlo todo (III)

Instrucción Sofía Puente

Opinión | Ni ley, ni solo de nietos: una instrucción nula de pleno derecho; sobre la aplicación al caso enjuiciado por el TS. Capítulo IV

Menores delincuentes

Opinión | Quince años en los juzgados de menores: cuando la reeducación llega tarde

TRIBUNAL-CONSTITUCIONAL-1

Opinión | ¿Puede suspender el Tribunal Constitucional las elecciones del 29 de noviembre?