El Tribunal Supremo ha comunicado al exministro de Transportes José Luis Ábalos que la decisión sobre el incidente de nulidad que presentó contra la sentencia que le condenó a 24 años de cárcel por el ‘caso mascarillas’ está próxima a notificarse.
Así consta en una providencia difundida por el propio Ábalos en su cuenta de la red social X, en la que el presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Andrés Martínez Arrieta, que dirigió el juicio contra el exministro, Koldo García y el empresario Víctor de Aldama, informa a la Fiscalía Anticorrupción y al resto de partes personadas de que el auto que dará respuesta a las peticiones de nulidad «se encuentra en proceso de firma».
La providencia señala además que «no ha lugar a la suspensión de la ejecución de la sentencia interesada, ni a los demás pedimentos que dichos escritos contienen».
Ábalos se ha mostrado «agradecido» por «la extraordinaria diligencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo» al haber respondido, según ha señalado, «en apenas 24 horas» a su queja por «dilaciones».
«Confío en que este mantenga el mismo ritmo que la respuesta recibida», ha añadido el exministro, que el pasado 22 de junio fue declarado culpable de los delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación.
Anticorrupción pidió rechazar los incidentes de nulidad
La defensa de Ábalos, escrito al que se adhirió Koldo García, había reclamado al Supremo que resolviera el incidente de nulidad «sin más dilación».
En su escrito, la defensa argumentó que, «mientras el incidente no se resuelve», Ábalos «no puede acceder al Tribunal Constitucional» ni al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con la «consiguiente proyección de la dilación sobre el derecho a la tutela judicial efectiva».
La defensa señaló que «la tramitación está completa desde el 27 de julio de 2026» y que la Sala dispone ya de todas las alegaciones. También recordó que el ‘caso mascarillas’ se ha tramitado «con una celeridad inusual en todas sus fases», con «sesiones de mañana y tarde» durante el juicio oral.
Según sostuvo, esa diligencia se exigió a las partes por tratarse de una causa con preso, situación en la que, según el escrito, Ábalos permanece desde el pasado noviembre.
Por ello, la defensa consideró que correspondía a la Sala aplicar «el mismo criterio de diligencia que exigió a las partes», dictando su resolución «en un plazo razonable, coherente con la brevedad de los plazos y con la condición de causa con preso».
La representación de Ábalos solicitó al Supremo que resolviera «sin más dilación» el incidente y que decidiera «de forma inmediata» sobre la petición de suspensión de la ejecución de la sentencia. Subsidiariamente, pidió que se le informara sobre el estado de tramitación y la previsión temporal para resolver el incidente.
Por su parte, la Fiscalía Anticorrupción interesó que se rechazaran los incidentes de nulidad planteados por Ábalos y Koldo García.
El Ministerio Público sostuvo que ambos incidentes «necesariamente están abocados al fracaso y deben ser desestimados, pues desbordan claramente el objeto de este remedio», al considerar que se limitan a reproducir «pretensiones ya examinadas y decididas en la sentencia firme cuya nulidad se solicita».