Jurados populares juzgaron todos los delitos en el lado republicano, durante la guerra civil
Imagen de un tribunal popular de la República en una de las antiguas salas de la Audiencia Provincial de Madrid. Archivo General de la Administración.

Jurados populares juzgaron todos los delitos en el lado republicano, durante la guerra civil

Cuando se dice que España no tiene tradición de jurados populares no se está diciendo la verdad, o se desconoce la historia. En el lado Republicano, durante la guerra civil, la estructura de la jurisdicción penal de la Administración de Justicia fue transformada de raíz.

Los juzgados de instrucción, los tribunales municipales y las audiencias provinciales -el germen de los actuales Tribunales de Justicia- fueron sustituidos por una estructura de jurados populares.

De la misma forma que en el lado republicano se disolvió virtualmente el Ejército, ante la desconfianza a que los militares profesionales fueran unos traidores, y se creó un nuevo ejército, basado en la estructura del Quinto Regimiento, en la Administración de Justicia pasó lo mismo.

Se purgó de «desafectos».

A partir del 18 de julio de 1936, fecha del fallido golpe de Estado, que luego devino en guerra civil, los acontecimientos se aceleraron.

El presidente del Gobierno del momento, José Giral, miembro de Acción Republicana y de Izquierda Republicana, republicano moderado, tomó dos decisiones que tuvieron una gran trascendencia al día siguiente, el 19 de julio: la disolución del Ejército, licenciando a las tropas que prestaban servicio regular, y la entrega de las armas a las organizaciones obreras para hacer frente a los sublevados.

De forma paralela, las ciudades se vieron fuertemente mermadas de fuerzas y cuerpos de seguridad -Guardias de Asalto y unidades de la Guardia Civil- porque el Gobierno echó mano de ellas para confrontar a los sublevados en diferentes frentes.

Pocas semanas después policías y guardias civiles fueron fusionados en una nueva Guardia Nacional Republicana.

La consecuencia directa fue un vacío de seguridad casi absoluto en los servicios policiales durante los primeros meses de la guerra civil.

Se creó un estado de terror en esas mismas ciudades. Emergieron las «checas«, que eran centros de detención, interrogatorio, torturas y ejecuciones operadas por los partidos y sindicatos del Frente Popular.

El término procede del ruso. Es la abreviatura de la policía política creada por el líder del Partido Comunista ruso, Lenin, en 1917, la Comisión Extraordinaria Panrusa para la Supresión de la Contrarrevolución y el Sabotaje.

Sólo en la capital de España, operaron entre 20 y 30 checas de gran actividad; en Barcelona funcionaron 23 checas anarquistas y 16 estalinistas. Valencia, por su parte, tuvo 35, 12 Alicante y 8 Castellón.

UN MODELO DE JUSTICIA REVOLUCIONARIA

El 22 de agosto de 1936 se produjo un acontecimiento que fue determinante para la transformación de la Administración de Justicia: el asalto, por parte de milicianos de la CNT, a la Cárcel Modelo de Madrid, que se encontraba en Moncloa, en lo que hoy es el edificio del Ejército del Aire.

Fueron asesinados a sangre fría políticos y militares que estaban allí presos, como Melquíades Álvarez, líder del Partido Republicano Liberal Demócrata, José María Albiñana, jefe del Partido Nacionalista Español, los exministros de la República, Manuel Rico y José Martínez de Velasco, el falangista y piloto del vuelo del Plus Ultra, Julio Ruiz de  Alda, el general Osvaldo Capaz Montes, el general Rafael Villegas y el capitán Fernando Primo de Rivera, hermano del líder falangista, José Antonio Primo de Rivera; en total, entre el 22 y el 23 de agosto, fueron asesinados entre 28 y 30 presos muy relevantes.

La noticia llenó de consternación a Manuel Azaña, presidente de la República.

En un intento de poner cauce al descontrol de los grupos armados y de recuperar el control perdido, el Gobierno ideó, sobre el terreno, una nueva estructura de la Justicia que dejaba de lado la organización tradicional hasta entonces imperante, formada por juzgados de instrucción, tribunales municipales y audiencias provinciales, que fueron sustituidos por jurados populares.

Así, el 23 de agosto se creó la figura del «Tribunal Popular», competente «para juzgar los delitos de rebelión y sedición y los cometidos contra la seguridad del Estado por cualquier medio».

Estaría formado por tres jueces profesionales leales a la República, uno de los cuales actuaría como juez, y por 14 jurados populares designados «por los partidos que integran el Frente Popular y organizaciones sindicales afectas al mismo, atribuyéndose dos miembros a cada uno de dichos partidos y organizaciones».

Luego se amplió para dar entrada a los partidos nacionalistas de País Vasco y Cataluña.

Se trataba de reconducir y acabar con la «justicia del pueblo», que se administraba en las checas, contando con la aquiescencia de las organizaciones del Frente Popular, que, de esa forma, encontraban acomodo dentro de la nueva estructura revolucionaria de la Administración de Justicia.

Las togas, símbolo de la burguesía, fueron suprimidas.

El juez y los miembros del tribunal del jurado se sentaban todos juntos. El magistrado en el centro, acompañado del secretario, y rodeado, por la izquierda y por la derecha por el resto de los jurados populares.

El procedimiento de actuación del nuevo Tribunal era sumarísimo y se autorizaba a su presidente a designar fiscal y secretario; podía, además, actuar por sí solo «en caso de notoria urgencia».

Poco más tarde, sus competencias se ampliaron para conocer «de los delitos militares o comunes cometidos por militares o paisanos durante las operaciones de la actual campaña con ocasión de las mismas o en territorio donde dichas operaciones se realicen y que por la índole de la infracción sean susceptibles de perturbar el normal desarrollo de ellas».

Fiscales durante la celebración de un proceso en la zona republicana. Archivo General de la Administración, Sección Cultura

Fiscales durante la celebración de un proceso en la zona republicana. Archivo General de la Administración, Sección Cultura

MÁS TRIBUNALES POPULARES 

El 7 de octubre de 1936 se creó un nuevo tribunal popular, por orden del ministro de Justicia, Mariano Ruiz de Funes, diputado de Izquierda Republicana y catedrático de derecho penal de la Universidad de Murcia: el «Tribunal Especial de Responsabilidades Civiles», formado por cinco funcionarios de Justicia, nombrados por el Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, y 12 jurados, seis de los cuales serían diputados a Cortes y los otros seis se extraerían de una lista de 24 que cada cuatro mees formarían los partidos y organizaciones sindicales del Frente Popular.

Este Tribunal Especial tenía el poder de incautar los bienes de todos los desafectos al régimen y sospechosos de traición y espionaje, «aunque no hubieran cometido delito alguno», y para expulsarlos de su puesto de trabajo, una vez que hubiera recaído sobre ellos una sentencia por parte de los otros tribunales. Bienes entre los que se comprendían fábricas, talleres, empresas industriales, comerciales y agrícolas.

El 10 de octubre, también por decreto, se dispuso la creación de los llamados «Juzgados de Urgencia», también tribunales populares a los que se les dio el cometido de conocer y castigar penalmente los actos de «hostilidad y desafección al régimen que no sean constitutivos de los delitos previstos y sancionados en el Código Penal Común y en las Leyes penales especiales».

Tenían esa consideración el dificultar voluntariamente y en forma no grave las normas para la defensa, la difusión de falsos rumores o noticias sobre operaciones de guerra, actuación del gobierno, situación económica o cualquier cosa que tendiera a crear alarma o estados de opinión adversos a la República, observar una conducta que, sin ser delito, demostrara que quien la practicara era una persona desafecta al régimen, alterar el precio, calidad, peso, racionamiento y distribución de artículos alimenticios, acapararlos, practicar la usura y cualquier otro acto que, por sus circunstancias y consecuencias se estimara «nocivo a los intereses del gobierno del pueblo y de la República».

A continuación se crearon los «Jurados de Guardia», con responsabilidad para castigar las infracciones a los Bandos del Ministerio de la Gobernación que se consideraran como «perturbadores del orden público» o que tendieran «a perturbarlo» y aplicarían estrictamente el «procedimiento sumarísimo regulado en el Código de Justicia Militar».

Por último, también se pusieron en marcha los «Jurados de Seguridad», encargados de castigar a los «presuntos vagos habituales» y que asumieron las funciones que, hasta entonces, tenían los jueces de instrucción. Su ámbito de competencia eran los partidos judiciales pero podían extenderse a toda una provincia. Los recursos de apelación contra sus sentencias los atendían los «Tribunales Populares» de la provincia respectiva.

Los «Tribunales Populares» venían a sustituir a las Audiencias Provinciales. Podían imponer hasta sentencias de muerte. Los «Jurados de Urgencia» podían ordenar penas de internamiento en campos de trabajo por un tiempo «superior a un año e inferior a cinco». Los «Jurados de Guardia» contemplaban las penas que establecía el Código de Justicia Militar, y los «Jurados de Seguridad» el internamiento en campos de trabajo por el mismo tiempo que los «Jurados de Urgencia».

De la antigua estructura permanecieron, en la jurisdicción penal, el Tribunal Supremo, para conocer los recursos, y las Audiencias Territoriales -los órganos antecedentes directos de los actuales Tribunales Superiores de Justicia- con competencias facultativas, disciplinarias y de instrucción.

Huelga decir que el ambiente que existía en muchas de esas salas de juicios distaba de ser tranquilo. En ocasiones, la presencia de milicianos armados, intimidaban a los tribunales y exigían una sentencia condenatoria para los acusados. En ocasiones, los magistrados profesionales, al igual que los fiscales y los secretarios judiciales, para mimetizarse con el medio ambiente, se vestían con el típico mono azul, que llevaban muchos milicianos.

Esta experiencia de justicia revolucionaria llegó a su fin el 1 de abril de 1939 con la victoria de las tropas del general Franco, que restituyó en todo el país la estructura tradicional de la Administración de Justicia, que hemos heredado en nuestros días.

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