Considera que debe modificarse el redactado del artículo 4 que impugna, por "infringir la doctrina contenida en las sentencias 31/2010 y 82/1986 del TC".
Entiende que "destinar dinero público a defender a funcionarios o políticos que han cometido ilegalidades manifiestas constituye un supuesto claro de prevaricación y malversación de caudales públicos".
Dice que únicamente cumplen con el mínimo del 25% de horas en castellano impartidas en asignaturas troncales y con el material didáctico en esta lengua que dictaminó el TS cuando algún padre interpone una demanda y la gana.