Tres vocales del CGPJ podrían igualar o superar el sueldo del Presidente del TS

Tres vocales del CGPJ podrían igualar o superar el sueldo del Presidente del TS

|
09/9/2014 00:00
|
Actualizado: 08/4/2016 10:03
|

Los tres magistrados del Tribunal Supremo que son vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) podrían igualar o superar el sueldo del presidente, la máxima autoridad judicial de España, Carlos Lesmes, con la entrada en vigor del artículo 584 bis, con la aplicación de la última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), aprobada el pasado 11 de julio.

Esta reforma, impulsada por la vocal de CiU, Mercè Pigem, fue incluida en la Ley Orgánica 4/2014, que aforaba al rey Juan Carlos. Como consecuencia directa, se elimina el límite salarial para los magistrados del Tribunal Supremo que también son vocales del CGPJ.

Hasta esta modificación no podían percibir remuneración alguna por su trabajo en el órgano de gobierno de los jueces, a diferencia del resto de sus compañeros y en especial de los cinco componentes de la Comisión Permanente, que son los únicos que gozan de dedicación exclusiva.

Los tres magistrados del Alto Tribunal son Clara Martínez de Careaga, Wenceslao Olea y Rafael Fernández Valverde. En varias ocasiones habían expresado su disconformidad por lo que consideraban una “disfunción” al no percibir ninguna compensación económica por su trabajo.

La modificación del artículo 584, introducido en la reforma del LOPJ, permitirá que estos magistrados del Supremo cobren, a partir de ahora, 975 euros al mes en dietas por asistir como a cada Pleno y 312 euros por su asistencia a cada Comisión, además de su sueldo como magistrados del Tribunal Supremo que es de 6.000 euros netos al mes, lo que supone 111.932 euros brutos anuales.

Con ello, estos tres magistrados podrían llegar a cobrar alrededor de 1.500 euros más al mes con que sólo se celebrara el Pleno habitual y asistieran a dos comisiones. Y por encima de los de 2.000 euros mensuales si se celebrara un Pleno extraordinario.

En consecuencia, no sólo podrían cobrar más que los cinco vocales con dedicación exclusiva, que perciben 112.249,60 euros al año, sino que, incluso, podrían superar a Carlos Lesmes, presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, que ingresa 130.152 euros anuales en concepto de sueldo y «otras remuneraciones».

Nuevo artículo

Se introduce un nuevo artículo 584 bis con la siguiente redacción:

«1. Los miembros del Consejo General del Poder Judicial que desempeñen su cargo con carácter exclusivo percibirán la retribución que se fije como única y exclusiva en atención a la importancia de su función en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

«2. Los Vocales del Consejo General del Poder Judicial que no desempeñen su cargo con carácter exclusivo percibirán las dietas por asistencia al Pleno o a las Comisiones que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado, sin tener derecho a ninguna otra clase de remuneración por el cargo de Vocal, salvo las indemnizaciones que por razón del servicio les puedan corresponder.»

Noticias Relacionadas: