El Parlamento de Cataluña, tal y como estaba previsto, aprobó ayer con 106 votos a favor y 28 en contra, la Ley de Consultas, paso necesario para convocar el referendum del 9 de noviembre. Ahora la pelota está en el Gobierno. Su agenda dependerá de cuándo se publique esta Ley en el Diario Oficial de la Generalitat (DOGC) y entre en vigor.
La agenda del Gobierno
Si Artur Mas decide publicar hoy sábado la Ley de Consultas en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC), con lo que entraría en vigor, los pasos del Gobierno serían los siguientes:
Tras la publicación de la Ley de Consultas en el DOGC, se convocaría un Consejo de Ministros extraordinario, inmediatamente, el mismo día.
Fuentes del Ejecutivo han aclarado que el recurso al Tribunal Constitucional se presentará cuando la Ley se publique en el Diario Oficial de la Generalitat (DOGC) y entre en vigor. Es decir, el recurso será inmediato y sin esperar que Artur Mas firme el decreto de convocatoria.
Ese Consejo de Ministros pedirá los informes necesarios a la Abogacía del Estado y al Consejo de Estado, que también tiene que reunirse, posiblemente el lunes, para suspender la Ley de Consultas. Los servicios jurídicos del Estado llevan tiempo preparando los recursos que interpondrán contra esta Ley y el decreto ante el Tribunal Constitucional.
A continuación, ya con los informes, el Gobierno presentará el preceptivo recurso ante el Tribunal Constitucional. Si se siguen los planes lógicos, este recurso se enviaría el mismo lunes para que la solicitud de suspensión de la citada ley de consultas catalana esté sobre la mesa del Tribunal Constitucional, que se reúne el martes.
Todo esto se puede complicar si Artur Mas, decide esperar hasta el lunes para publicar la Ley de Consultas el lunes en el DOGC. Mariano Rajoy se tiene que marchar a China el martes para una reunión. Y esto ocasionaría que el Consejo de Ministros preceptivo para presentar el recurso ante el Tribunal Constitucional estuviera presidido por la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, que ejercería de presidenta en funciones.
El Tribunal Constitucional
Una vez impugnada la Ley de Consultas tras ese Consejo de Ministros extraordinario y registrado el recurso en el Constitucional, el pleno del Tribunal de Garantías del martes 23 podría debatirlo como primer punto del orden del día y ordenar la suspensión por cinco meses.
El Constitucional no entra para nada en el fondo del asunto sino que solo observa que el recurso cumpla con los requisitos formales, es decir, que vaya acompañado de los informes preceptivos, como el del Consejo de Estado o el escrito del Abogado del Estado y, automáticamente se admite a trámite y tiene efectos suspensivos.
Esa misma mañana, la resolución será notificada y, aunque no esté publicada en el BOE hasta el día siguiente, ésta surte efectos jurídicos. Es decir, es ya de obligado cumplimiento. La suspensión cautelar es por cinco meses y el tribunal puede prorrogar ese plazo de forma indefinida o resolver el fondo del asunto cuando quiera.