El Constitucional suspende la celebración de la consulta alternativa del 9-N

El Constitucional suspende la celebración de la consulta alternativa del 9-N

4 / 11 / 2014 00:00

Actualizado el 08 / 04 / 2016 10:20

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El pleno del Tribunal Constitucional ha suspendido por unanimidad la convocatoria del «proceso de participación ciudadana» convocado por Artur Mas para el 9-N (el domingo que viene) como alternativa a la consulta oficial, que fue paralizada por el mismo tribunal el 29 de septiembre.

La suspensión tiene efectos desde el día 31 de octubre, fecha en que la Abogacía del Estado interpuso el recurso contra el 9-N alternativo.

Al contrario de lo que reclamaba el Ejecutivo de Rajoy, el Constitucional no incluye en su resolución ningún aviso respecto a la infracción que conlleva no obedecer su postura. El Gobierno no sólo había pedido la suspensión de este «referendo encubierto», tal como lo califica en el recurso, sino que instaba a los magistrados a ir más allá con una advertencia al presidente de la Generalitat, Artur Mas, sobre las consecuencias que la vulneración de su decisión podrían acarrearle.

Como ya ocurrió con la consulta original, el tribunal ha admitido a trámite el recurso del Gobierno en el que se solicitaba la suspensión automática de la convocatoria. En este caso, no existía un acto formal determinante de esa llamada a las urnas pero el Constitucional ha considerado que elementos como las cartas a los funcionarios, la web activada para el 9-N, la web ‘participa2014.cat’, las comunicaciones de la Ejecutivo autonómico, la orden a los medios de incluir publicidad gratuita e incluso vídeos con intervenciones públicas del presidente catalán, Artur Más, su vicepresidenta, Joana Ortega, y el portavoz de la Generalitat, Francesc Homs.

Así, en la providencia de admisión a trámite, el alto tribunal concreta que quedan en suspenso «los actos impugnados, así como las restantes actuaciones de preparación de dicha consulta o vinculadas a ella». 

Los motivos de impugnación son prácticamente iguales a los que se esgrimieron en el primer recurso a las que, en esta ocasión, añade las escasas garantías democráticas que tiene el nuevo proceso.

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