El Tribunal Supremo ha condenado a tres años de prisión a un padre por haber facilitado a su hijo 105 gramos de cocaína durante seis meses al considerarle culpable de un delito de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud, mientras ha absuelto a su hijo y ha ordenado destruir la droga incautada al progenitor.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de la Fiscalía contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que absolvió al acusado R.A.C. de un delito contra la salud pública al entender que la tenencia y entrega de la droga no sólo no suponía intención de tráfico ni ánimo de lucro, sino que estaba destinada a su hijopara su uso exclusivo y su particular consumo.
Sin embargo, el Supremo cambia el sentido del fallo e impone una condena porque considera que la cantidad suministrada es excesiva como para que la conducta resulte impune. En seis meses le entregó 105 gramos sin que se haya demostrado, según los hechos probados, que el acusado adquiriese la droga para traficar con terceras personas.
El Supremo considera probado que, hasta el 4 de Mayo de 2010, el condenado, un ciudadano colombiano, viajaba en autobús desde Madrid a Lalín cada 30 o 40 días llevando en cada viaje entre 25 o 30 gramos de cocaína, en terrones prensados y duros envueltos en bolsas, para el consumo de su hijo, quien era adicto a la cocaína y al cannabis.
En su sentencia, el Supremo admite que esta misma Sala» ha venido aceptando absoluciones en casos de padres que han suministrado droga a sus hijos o en casos de otros de parientes que se la han entregado a allegados, «siempre se ha tratado de pequeñas cantidades destinadas a aliviar los padecimientos propios del síndrome de abstinencia».
Sin embargo, en esta ocasión estamos ante «un suministro continuado en el tiempo de una elevada cantidad que en ningún modo puede aceptarse ya que ello supone facilitar el mantenimiento de la situación de consumidor del destinatario, existiendo, como existen, otras opciones o alternativas terapéuticas tendentes, a medio o largo plazo, a la superación del trastorno por consumo abusivo de sustancias tóxicas de ilícito tráfico» que sufría el hijo del ahora condenado».