El Supremo abre una causa contra Chaves y Griñán por los ERE

El Supremo abre una causa contra Chaves y Griñán por los ERE

13 / 11 / 2014 00:00

Actualizado el 08 / 04 / 2016 10:22

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El Tribunal Supremo ha abierto una causa contra los ex presidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán por el caso de los ERE presuntamente irregulares. El alto tribunal indagará si cometieron delito al aprobar el fondo de las ayudas a empresas.

Con el informe favorable de la Fiscalía, la Sala de lo Penal del Supremo ha asumido también la investigación sobre los ex consejeros José Antonio Viera y Gaspar Zarrías, en su calidad de diputados del Congreso; y de la también ex consejera de Andalucía Mar Moreno y del ex presidente José Antonio Griñán, en su calidad de senadores.

La jueza de Sevilla Mercedes Alaya «preimputó» a los cinco cargos con aforamiento nacional y les otorgó el mismo derecho que los imputados en los procedimientos penales. La Fiscalía del Supremo se mostró partidaria en el dictamen elaborado en colaboración con Anticorrupción con que la competencia sobre su investigación corresponde al alto tribunal.

La resolución declara la competencia del Supremo para la instrucción y en su caso el enjuiciamiento con respecto a estos cinco aforados y abre procedimiento designando instructor al magistrado José Alberto Barreiro, conforme el turno establecido.

El Supremo afirma que los hechos relatados por la juez Mercedes Alaya en su exposición razonada «pudieran ser», sin perjuicio de lo que resulte de la investigación, constitutivos de delitos de prevaricación y cohecho.

El Supremo señala que los indicios contra los cinco aforados a los que va a investigar derivan de «la posición de alta y especial responsabilidad política de aquellos, dados los cargos que desempeñaban» y de su intervención «en las decisiones de creación o de mantenimiento del sistema que facilitaba esa forma de proceder», en referencia al fondo a cargo del cual se daban las subvenciones directas a empresas. Respecto a alguno de los aforados, el Supremo advierte que en los hechos expuestos por Alaya hay indicios de que participó «en la ejecución de actuaciones concretas».

En su auto, del que ha sido ponente Miguel Colmenero, los jueces del Supremo señalan que  en este momento le corresponde exclusivamente a la sala verificar si hay hechos que en una valoración «muy provisional» de la instructora, existen indicios de que en el ámbito de la Junta de Andalucía y, en concreto, desde la Consejería de Empleo se organizó un sistema que permitió la disposición de unos 855 millones de euros desde el año 2.000 para pagar ayudas sociolaborales a empresas y trabajadores «sin sujetarse al procedimiento y a los controles propios de las subvenciones».

El Supremo califica de «imprescindible» la investigación de la conducta de los aforados. Éstos tendran que ser llamados a declarar por el magistrado instructor en la condición procesal de imputados (es decir, con derecho a estar asistidos de abogado, a guardar silencio, a solicitar la práctica de diligencias, etc.), aunque su imputación judicial no se producirá, eventualmente, hasta que finalice la investigación.

Respecto a los hechos imputados a otras personas no aforadas el Supremo dispone que el procedimiento debe continuar ante el órgano competente sin perjuicio de que remita al Supremo todo aquello que tenga relación con los aforados.

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