El fiscal jefe de Cataluña, José María Romero de Tejada, podría ser relevado de su puesto por negarse a cumplir la orden del fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, de presentar una querella contra el presidente de la Generalitat de Cataluña, Artur Mas, por el proceso participativo del 9N.
Según fuentes de la Fiscalía, con su negativa Romero de Tejada, de persistir en su actitud, podría estar comiendo una falta muy grave, contemplada en el artículo 62.2 del Estatuto Fiscal descrita como “El incumplimiento de las órdenes particulares y requerimientos personales dirigidos por escrito”.
Es un caso sin precedentes en la historia de la Fiscalía española. Un auténtico choque de trenes interno que no puede tener más que una salida: la presentación de la querella ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y el cese del fiscal jefe en su puesto e, incluso, su traslado a otro destino en España.
Torres-Dulce hizo público, el lunes por la tarde, un comunicado oficial dejando clara su posición: “El fiscal general del Estado considera que debe formularse querella ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y así lo ha ordenado hoy”, pero “el fiscal superior, José María Romero de Tejada, no lo considera procedente y así se lo ha comunicado a última hora de la tarde de hoy” a la máxima autoridad del Ministerio Fiscal.
A la vista de la oposición de Romero de Tejada, que se vio apoyado por la Junta de Fiscales de la Fiscalía Superior de Cataluña, Torres-Dulce hizo lo preceptivo: convocar a la Junta de Fiscales de Sala en aplicación del artículo 27.1 del Estatuto Fiscal, que establece el trámite del Ministerio Público cuando existen discrepancias internas.
“El fiscal que recibiere una orden o instrucción que considere contraria a las leyes o que, por cualquier otro motivo, estime improcedente, se lo hará saber así, mediante informe razonado, a su fiscal jefe”, dice el artículo 27.1.
“De proceder la orden o instrucción de este, si no considera satisfactorias las razones alegadas, planteará la cuestión a la Junta de Fiscalía y, una vez que ésta se manifieste, resolverá definitivamente reconsiderándola o ratificándola. De proceder de un superior, elevará informe a éste, el cual, de no admitir las razones alegadas, resolverá de igual manera oyendo previamente a la Junta de Fiscalía. Si la orden fuere dada por el Fiscal General del Estado, éste resolverá oyendo a la Junta de Fiscales de Sala”.
Y el siguiente punto, el 27.2, lo aclara más: “Si el superior se ratificase en sus instrucciones lo hará por escrito razonado con la expresa relevación de las responsabilidades que pudieran derivarse de su cumplimiento o bien encomendará a otro fiscal el despacho del asunto a que se refiera”.
La Fiscalía de Cataluña recibió hace unos días de la Fiscalía General del Estado un primer borrador de querella, que se dirige contra el presidente catalán, Artur Mas, la vicepresidenta, Joana Ortega, la consellera de Educación, Irene Rigau, y el conseller de Interior, Ramon Espadaler, y propone acusarles de los delitos de prevaricación y desobediencia, entre otros.