El juez de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid ha devuelto al ex presidente del Govern Jaume Matas al segundo grado, en lugar del tercer grado que le había sido concedido por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. De ratificarse esta decisión del juez, Matas tendría que volver a prisión.
La resolución del juez Florencio de Marcos Madruga estima así el recurso que había sido interpuesto por la Fiscalía de Valladolid, disconforme con que Matas disfrutara ya del tercer grado penitenciario y que suponía que dejara la cárcel de Segovia en la que entró el pasado 28 de julio y pasará a tener como instalación penitenciaria de referencia el Centro de Inserción Social de dicho penal.
El Departamento que dirige Ángel Yuste adoptó esta decisión en aplicación del artículo 31.1 de Reglamento Penitenciario, según el cual, el centro directivo «tiene competencia exclusiva para decidir, con carácter ordinario o extraordinario, la clasificación y destino de los reclusos en los distintos establecimientos penitenciarios, sin perjuicio de las atribuciones de los Jueces de Vigilancia en materia de clasificación por vía de recurso».
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) la decisión se basa en considerar que no hay reeducación del interno y sí riesgo de ruptura de la confianza de los ciudadanos en el Estado de derecho.
El juez constata que «no hay prueba alguna de la existencia del arrepentimiento, asunción del hecho, conciencia del daño causado y del descrédito causado a la Institución Pública. Lo único que cabe afirmar es que el interno ha hecho hasta el último momento, legítimamente, todo lo que ha podido para no cumplir la pena».
En este sentido, se argumenta que «el riesgo de ruptura en la confianza de los ciudadanos en la validez del propio Estado de Derecho, no puede ser obviada por los Jueces. Atender a la prevención general como parámetro a considerar en un caso de corrupción política es perfectamente legítimo, incluso aunque la pena sea de corta duración, por lo cual han de ser poderosas razones de otra índole las que lleven a primar los intereses particulares del interno, sobre los generales de la sociedad».
Matas seguirá en tercer grado hasta que la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Valladolid de revocarlo sea firme, por lo que continuará saliendo, hasta ese momento, en régimen abierto.
Ahora, tras la resolución del juez, Jaume Matas puede recurrir contra ella ante el propio juez de Vigilancia Penitenciaria (en el plazo de tres días) o ante la Audiencia de Palma de Mallorca (en el plazo de cinco días).