Los ex presidentes andaluces José Antonio Griñán y Manuel Chaves se han personado ya en la causa abierta en el Supremo en relación con el caso de los ERE fraudulentos y han solicitado prestar su comparecencia voluntaria ante el instructor del caso en el alto tribunal.
El juez instructor les tiene ya, de este modo, por personados y les dará traslado del auto del alto tribunal abriendo la citada investigación, además de que decidirá en un futuro sobre su comparecencia voluntaria.
En el mismo también están siendo investigados el ex vicepresidente de la Junta Gaspar Zarrías y dos ex consejeros, el diputado José Antonio Viera y la senadora Mar Moreno. Todos ellos han formalizado también su personación y han pedido prestar testimonio voluntariamente.
El diputado socialista y exvicepresidente de la Junta de Andalucía Gaspar Zarrías presentó ayer un escrito de un folio en el registro del alto tribunal para darse por enterado de la apertura de la causa y personarse en ella. Están también implicados en esta investigación
El pasado día 12 de noviembre el Supremo abrió una investigación a estos cinco parlamentarios a raíz de la exposición razonada que envió al alto tribunal la juez Mercedes Alaya, en la cual apuntaba posibles indicios contra ellos en relación con el citado caso. Incidia en que existen indicios de que en el ámbito de la Junta de Andalucía y, en concreto, desde la Consejería de Empleo se organizó un sistema que permitió la disposición de unos 855 millones de euros desde el año 2.000 para pagar ayudas sociolaborales a empresas y trabajadores «sin sujetarse al procedimiento y a los controles propios de las subvenciones».
En el auto asumiendo su competencia sobre esta pieza desgajada del sumario de los ERE los magistrados del alto tribunal anunciaban su intención de verificar si se han producido o no delitos y si existen indicios consistentes o principios de prueba de la participación en ellos de las personas aforadas.
Las comparecencias ante el juez instructor desigando por el Tribunal Supremo, Alberto Jorge Barreiro, se solicitan en relación con el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que faculta a los aforados nacionales a pedir esta comparecencia en su defensa antes de que pueda producirse su imputación formal, que no se produciría hasta el momento en que, en el caso de ver indicios, el instructor del Supremo solicitara formalmente el preceptivo suplicatorio a las Cortes.