La estrategia del abogado de Antonio Ortiz, supuesto pederasta de Ciudad Lineal, de ir contra el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, por la presunta comisión de un delito de revelación de secretos y otro de injurias, no ha dado sus frutos en el Tribunal Supremo.
Sus señorías de la Sala Segunda del Tribunal Supremo –Manuel Marchena (presidente de la Sala), Antonio de Moral y Joaquín Giménez– han entendido que no son delito las declaraciones de Fernández Díaz durante la rueda de prensa del pasado 24 de septiembre, en las que ofreció datos sobre Ortiz, asegurando que era el pederasta que la Policía Nacional llevaba buscando desde hacía varios meses.
En consecuencia, han archivado la querella.
Giménez, uno de los magistrados con más trayectoria en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo y ponente del auto exculpatorio, afirma que la información que el ministro transmitió «estaba justificada para la formación de la opinión pública y el seguimiento de los acontecimientos desde el punto de vista social». Y ello en aras a garantizar la libertad de información.
Por lo que respecta al delito de revelación de secretos, el Alto Tribunal dice en su auto que el fin de este tipo es proteger el derecho de la persona a controlar cualquier información o hecho que afecte a la vida privada. Sin embargo, Giménez señala que el tiro legal esta errado porque la denuncia de Ortiz no se fundamenta en la revelación de datos ciertos sino en el hecho de que no se corresponden con la realidad. Por lo tanto, no cabe este delito.
El Supremo añade que la pretendida afirmación general de que el denunciado conocía el contenido de las diligencias judiciales declaradas secretas tampoco supone la comisión de delito, porque no se aporta ningún dato objetivo en la querella que confirme esta afirmación.
Sobre las injurias, el Supremo dice que tampoco se aprecian en la conducta de Fernández Díaz porque los hechos objeto de la rueda de prensa del ministro eran de gran relevancia pública y habían generado gran interés por tratarse de agresiones sexuales menores. Ahí debe enmarcarse su comparecencia.
Según el alto tribunal, lo denunciado no es constitutivo de delito, si bien advierte a las autoridades que deben «extremar su prudencia en sus afirmaciones y juicios de valor» y añade que, en ese caso concreto, el asunto aún se encontraba en fase de investigación policial.
En su denuncia, Ortiz afirmaba que «sin saber por qué y cómo» intervino en su detención en Santander el Grupo Especial de Operaciones Especiales de la Policía Nacional», sin poder entender el presunto agresor sexual «el motivo de la intervención de dicho cuerpo especial», cuya intervención «ni era necesaria ni proporcionada» a sus circunstancias porque no se opuso a la detención.
Una hora después, se convocó una rueda de prensa, de manera urgente, y se «procedió a comunicar, de manera pública a nivel nacional, por el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, que era el pederasta de Ciudad Lineal».
El Supremo archivó así la denuncia de Ortiz, en coincidencia con el criterio de la Fiscalía.