El juez José Castro ha ratificado en un auto hecho público hoy la apertura de juicio oral a la Infanta por los dos delitos fiscales que avaló la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma el pasado 7 de noviembre en una resolución adoptada por unanimidad en la que se subrayaba que «existen sobrados indicios para imputarla».
Consecuentemente, la Infanta Cristina se convertirá en el primer miembro de la Familia Real que se sienta en el banquillo en toda la historia y se enfrentará a una pena que podría alcanzar los cuatro años de cárcel. Castro sostiene que, al contrario de lo que opinan las defensas y el fiscal Pedro Horrach, la doctrina Botín no es aplicable en este caso para exonerar a la Infanta.
Así lo ha decidido en el auto de apertura de juicio oral del caso Nóos y en el que finalmente ha resuelto no aplicar sobre la Duquesa de Palma la denominada doctrina Botín, que impide juzgar a alguien si únicamente le acusa quien ejerce la acción popular, en este caso Manos Limpias, que solicita ocho años de cárcel para la hermana del Rey Felipe VI.
Por su parte, ni la Fiscalía Anticorrupción ni el perjudicado por los delitos presuntamente cometidos, la Agencia Tributaria, apuntan a la existencia de indicios criminales sobre Cristina de Borbón.
En su resolución judicial, Castro apunta que la Infanta contribuyó, como socia de Aizoon, a que Urdangarin facturase a través de esta sociedad, como si de rendimientos de actividades económicas se tratasen, y no personales, las retribuciones que cobró de numerosas entidades privadas de las que era consejero asesor, y de este modo tributar menos en su declaración de la renta de 2007 y 2008. Por todo ello, el sindicato Manos Limpias pedía ocho años de cárcel -cuatro por cada uno de los dos delitos fiscales-, al considerar que la Infanta incurrió en una agravante, y fue la de haber interpuesto una sociedad para ocultar la verdadera identidad de los obligados tributarios.
De hecho, Manos Limpias, al igual que la Fiscalía, considera que Aizoon era una de las mercantiles ficticias que integraban el entramado societario presuntamente urdido por Urdangarin y su exsocio Diego Torres con el objetivo de desviar los fondos obtenidos por el Instituto Nóos desde las Administraciones públicas. Mediante esta trama ambos se habrían apoderado de hasta 6,2 millones de euros de Baleares, Comunidad Valenciana y Madrid.
Según Manos Limpias, la defraudación presuntamente efectuada por Urdangarin «nunca hubiera podido tener lugar» sin la «necesaria intervención» de Cristina de Borbón, de ahí que sea considerada cooperadora necesaria de los dos delitos contra la Hacienda Pública en que incurrió su esposo.
El juez Castro ha desestimado de este modo la petición efectuada por la defensa de Doña Cristina, cuyos abogados, Miquel Roca y Jesús María Silva, aludieron a la doctrina Botín pedir el sobreseimiento de la causa contra la hermana menor del Rey, al considerar «jurídicamente inadmisible» que pudiera sentarse en el banquillo. Los letrados sostienen que sobre su patrocinada no pesa responsabilidad penal alguna en el marco de estas pesquisas.
La infanta recurrirá esta decisión
El abogado de la Infanta Cristina Miquel Roca ha anunciado este lunes que recurrirán la decisión judicial por la cual ella es una de las imputadas del caso Nóos que finalmente irá a juicio, porque el auto «viene a contradecir una doctrina muy establecida y consolidada».
Lo ha dicho en declaraciones a la puerta de su despacho, después de que el juez José Castro haya decidido sentarla en el banquillo, no aplicando así la ‘doctrina Botín’, que impide juzgar a alguien si sólo le acusa quien ejerce la acción popular –en este caso Manos Limpias, que pide ocho años de cárcel para la hermana del Rey–.
Según Miquel Roca, la resolución judicial contradice una doctrina consolidada, «hasta el punto de que el juez, para fundamentar su acusación, tiene que acogerse a los votos particulares que no resultaron ganadores».
Ha justificado el inminente recurso afirmando que el auto judicial hecho público este mismo lunes no constata es para una resolución de juicio oral simple, «sino que resuelve cuestiones de legitimación sobre si la acusación popular está legitimada para instar un procedimiento y una acusación de esta naturaleza», cuando ni el ministerio fiscal ni la abogacía del Estado sostienen ningún tipo de acusación contra la Infanta, ha dicho.
Roca ha añadido que no sabe aún el plazo exacto que tiene la defensa para presentar recurso, pero cree que expirará el 2 de enero.