El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, ha rechazado admitir a trámite el recurso de apelación interpuesto por la Infanta Cristina contra el auto de apertura de juicio oral del caso Nóos, con el que el juez acordó el pasado mes enviarla al banquillo de los acusados como cooperadora necesaria de dos delitos fiscales.
En un auto de 17 páginas, el magistrado responde duramente a los abogados de la hermana del Rey Felipe VI. De hecho critica que intentan repetir «incansablemente » sus teorías sobre la doctrina Botín «para ver si acaba convirtiéndose en verdad». «La técnica es tan antigua como el ser humano. Se lanza una afirmación que no responde a la verdad con la esperanza de que siempre habrá alguien que la asuma sin comprobarla», sostiene el juez en su auto.
Respecto «a la perniciosa pena de banquillo» que argumentaban los abogados de la Infanta en su recurso, el juez Castro ha sido contundente en su auto al afirmar que «no es cometido asignado a jueces y magistrados el imponer por la vía de hecho lo que llama «pena de banquillo», pero tampoco evitarla sin con ello hacen dejación de sus funciones».
Los abogados habían impugnado la resolución de cara a que el magistrado la elevase a la Audiencia Provincial de Baleares y ésta decidiese si acepta o no los argumentos de la Duquesa de Palma contra su enjuiciamiento. No obstante, Castro ya dejó constancia en su auto de que contra éste no cabía recurso alguno y, por tanto, ha decidido finalmente inadmitirlo a trámite.
En su recurso los abogados de la Duquesa cargaban contra la «absolutamente desproporcionada e injustificada» fianza impuesta a la hermana menor del Rey de casi 2,7 millones de euros, y pedían al juez Castro dejarla sin efecto. Del mismo modo, reclamaban que se le aplicase la doctrina Botín para evitar que acabe sentándose en el banquillo de los acusados.
Para justificar la apertura de juicio contra la Duquesa de Palma, Castro considera que su papel fue imprescindible para que su marido, Iñaki Urdangarin, defraudase hasta 337.138 euros a Hacienda a través de Aizoon, empresa presuntamente pantalla de la que ambos son propietarios.
En el auto recurrido, el magistrado resolvió finalmente no aplicar sobre la Infanta la denominada doctrina Botín, que impide juzgar a alguien si únicamente le acusa quien ejerce la acción popular, en este caso Manos Limpias, que solicita ocho años de cárcel para Doña Cristina. Por su parte, ni la Fiscalía Anticorrupción ni el perjudicado por los delitos presuntamente cometidos, la Agencia Tributaria, apuntan a la existencia de indicios criminales sobre Cristina de Borbón.