El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvió a Beinat Aguinagalde del atentado contra el ex concejal del PSE en Mondragón Isaías Carrasco, cometido el 7 de marzo de 2008, y reivindicado por ETA en el diario «Gara». El alto tribunal ordena que la Audiencia celebre un nuevo juicio y se dicte una nueva sentencia.
La sentencia del Supremo entiende que se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de las acusaciones al excluirse una prueba de cargo. Con esta decisión se acoge la solicitud realizada en vista pública el pasado 16 de diciembre por el fiscal Luis Fernando Rey, quien solicitó una nueva vista para juzgar el asesinato, cometido el 7 de marzo de 2008 en el municipio guipuzcoano de Arrasate-Mondragón, al considerar que la sentencia absolutoria fue arbitraria, irrazonable y vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva al excluir de forma no motivada como prueba de cargo la identificación fotográfica que hizo una testigo del acusado.
El Supremo señala que la gravedad de los hechos -un atentado terrorista con una víctima mortal- «exige una valoración muy minuciosa y detallada de la prueba de cargo concurrente, sin recurrir a fórmulas estereotipadas ni excluir de la valoración pruebas de cargos legalmente válidas».
El alto tribunal ordena a la Audiencia Nacional que, por otro tribunal distinto al que dictó la absolución, la Sección Tercera, celebre un nuevo juicio de modo que se garantice absolutamente su imparcialidad, y dicte una nueva sentencia.
La sentencia del Tribunal Supremo, cuyo ponente ha sido Cándido Conde Pumpido, ha contado con el voto particular discrepante del magistrado Perfecto Andrés Ibáñez, partidario de confirmar la sentencia absolutoria, y otro voto del magistrado Alberto Jorge Barreiro, que coincide con la mayoría en que hubo vulneración de la tutela judicial efectiva por falta de motivación, pero entiende que la consecuencia es que el mismo tribunal de la Audiencia y no otro distinto dictase nueva sentencia.
ABSOLUCIÓN DE LA AUDIENCIA NACIONAL
La Audiencia Nacional absolvió por falta de pruebas al etarra Beinat Aguinagalde Ugartemendia acusado de cometer el asesinato de Carrasco el último día de campaña de las elecciones generales que se celebraron ese año. La Fiscalía pidió en el juicio una pena de 32 años de cárcel por asesinato terrorista, tenencia de armas y daños.
El tribunal, que desestimó las dos indemnizaciones de 600.000 euros solicitados para la viuda y los tres hijos, señaló que el único indicio que apunta a la participación de Aguinagalde en el crimen, aunque resulte «insuficiente» para sustentar la condena, es el testimonio de una testigo protegida que se encontraba en el lugar de los hechos y le reconoció como autor de los disparos en comisaría y en el juzgado tras ver una fotografía.
«Un reconocimiento fotográfico no es prueba de cargo, pues se trata meramente de un acto de investigación», señalaron los magistrados Guillermo Ruíz Polanco, Ángeles Barreiro y Antonio Díaz Delgado.