El presente mes de enero de 2015 ha sido testigo del nacimiento de la boutique legal especializada en Compliance (Cumplimiento Normativo): Complia. Al frente de este ambicioso proyecto se encuentra el reputado penalista Miquel Fortuny.
Complia surge, en palabras de su fundador, Miquel Fortuny, “para dar respuesta a la creciente demanda de protección frente a estos riesgos de las compañías y sus gestores y para contribuir a que el mundo de la empresa sea más ético y responsable”. Para lograr estos ambiciosos objetivos, Complia asesorará en las siguientes áreas básicas:
• Compliance Penal (para delitos fiscales y contra la Seguridad Social, blanqueo de capitales, estafas, insolvencias punibles, sobornos, tráfico de influencias, etc.)
• Compliance para la Prevención de Blanqueo de Capitales (evaluación de riesgos, elaboración del mapa de riesgos de blanqueo, revisión de controles ya instaurados, GAP’s de control detectados, implementación de soluciones, concienciación y divulgación, auditorías de seguimiento, etc.)
• Compliance Digital (LOPD, LSSI, Governance Risk, procedimientos judiciales, certificados digitales, empresas de servicios, etc.)
• GRC (Governance, Risk & Compliance o “Gestión del Riesgo Corporativo”).
“La presión normativa que soportan las empresas es enorme. Los responsables de estas materias en las empresas no dan abasto y necesitan el consejo y apoyo de firmas especializadas como Complia”, apunta Fortuny. “Sin duda”, concluye, “la clave no está en el mero conocimiento de la normativa, sino, entre otros aspectos, en saber cómo implementar los controles y mecanismos necesarios en las actividades de producción de cada empresa. Es decir: para proteger el negocio del cliente, hay que entenderlo muy bien y por eso decimos que el éxito de nuestros clientes es nuestra mejor recompensa”.
Y es que el ‘Compliance’ está de moda. Lo que antes se percibía como algo propio y casi exclusivo del mundo empresarial anglosajón, ha pasado a ocupar los primeros puestos en lo que a preocupaciones de los Consejos de Administración nacionales se refiere. Gran parte de este “cambio de mentalidad” se debe sobre todo a la reforma del Código Penal de 2010, que recoge la responsabilidad penal de las personas jurídicas y por tanto la responsabilidad penal de los gestores de las empresas en cuyo seno se cometan delitos.
Los comportamientos irregulares cometidos desde el seno de las empresas en los últimos tiempos han forzado al legislador, tanto nacional como internacional, a ejercer una presión cada vez mayor sobre las compañías, que han visto crecer exponencialmente el número de normas que rigen su actividad. Fruto de la influencia del mercado anglosajón, el “Compliance” o “Cumplimiento normativo” exigido a las empresas en el desempeño de su actividad ha obligado a muchas empresas a contar con la figura de un CCO (Chief Compliance Officer) o CSO (Chief Security Officer) como cabezas visibles de esta lucha interna contra los delitos. La función principal de este tipo de perfiles es minimizar los riesgos derivados de la actividad de su empresa, asegurándose de que todos los procesos de todas las unidades de negocio se desarrollan de acuerdo con la legislación vigente en el/los país/es donde se desarrolla su negocio.