La Audiencia de Madrid da luz verde para investigar a Monteagudo por falsedad documental

La Audiencia de Madrid da luz verde para investigar a Monteagudo por falsedad documental

6 / 02 / 2015 00:00

Actualizado el 08 / 04 / 2016 10:42

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El tribunal de la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha dado luz verde para que se investigue a Emilio Monteagudo, jefe de la Policía Municipal de Madrid cuando se produjeron los sucesos del Madrid-Arena, por un delito de falsedad documental. Ahora el juez instructor tiene que determinar si la calificación de la peligrosidad del evento fue modificada después de lo ocurrido o no.

De esa forma el citado tribunal contestaba al recurso presentado por la defensa legal de Monteagudo contra otro auto, este del juez instructor del caso Madrid-Arena, Eduardo López Palop -Instrucción 51-, abriendo una pieza separada (una investigación aparte) sobre la falsedad o no del documento elaborado por el citado mando municipal, con fecha 6 de noviembre de 2012. En el mismo se refleja una calificación alta del nivel de riesgo del evento cuando el día en que sucedió todo la calificación era media.  

Los sucesos tuvieron lugar en la noche del 31 de octubre de 2012 en el recinto Madrid Arena y se saldó con la muerte de cinco jóvenes y que produjo lesiones a un número determinado de personas. 

La argumentación del abogado de Monteagudo, para oponerse a la apertura de esta investigación, es que no había «conexidad» -conexión- a entre este supuesto delito y los homicidios y lesiones que constituían el objeto de la causa principal.

«Si la supuesta elaboración de ese documento no tiene relación, o no encuentra su causa directa en los gravísimos sucesos ocurridos aquella noche, ¿con qué hechos tiene relación?», dice el auto de la Sección 23.

«No cabe esperar ninguna respuesta lógica a este interrogante. Por el contrario, la conexión es palmaria: estamos ante una conducta que tiene su origen y contexto ineludible, y por ello deriva de los hechos investigados en la causa», se puede leer en el auto del tribunal compuesto por los magistrados Olatz Aizpurua, Eduardo Gutiérrez y Celso Rodríguez Padrón. Este último es el ponente y redactor del auto. 

Según este tribunal, existe una discrepancia clara en la calificación que recibió el evento. Los responsables policiales municipales diseñaron el correspondiente despliegue de servicio operativo, que inicialmente fue calificado en cuanto a riesgo como de Nivel Medio. Aquella noche, que constara, no se produjo ningún cambio de nivel. Sin embargo, seis días después, la calificación fue modificada por el alto mando. 

«Lo que se pretende asegurar es si la documentación en la que se hace constar ese supuesto cambio de nivel fue  elaborada con posterioridad, faltando a la verdad y con la finalidad de eludir u ocultar las responsabilidades que pudieran atribuirse a los responsables policiales en lo ocurrido», añade el auto.

«A la vista de las diligencias reseñadas indicios, evidentemente, existen en suficiencia como para respaldar la apertura de la pieza, debiendo profundizarse a lo largo de su tramitación en la acreditación de los extremos y versiones enfrentadas, trámite en el que tendrá oportunidad plena el recurrente de aportar cuantos documentos, testimonios o elementos de verificación puedan respaldar su versión, sin que esta tramitación vulnere, en absoluto su derecho constitucional a la presunción de inocencia».

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