La Sala de lo Penal del tribunal Supremo informa en contra de la concesión del indulto a José Luis Núñez Clemente, condenado por el alto tribunal a 2 años y 2 meses de prisión, al pago de una multa de 1.500.000 de euros y a 7 años de inhabilitación para cargo o empleo público por un delito continuado de cohecho en el caso “Hacienda”.
El Tribunal Supremo, de acuerdo con el criterio del fiscal, se opone a la concesión de la medida de gracia al expresidente del FC Barcelona, José Luis Núñez.
El tribunal explica que no pretende «cuestionar» la honorabilidad del penado, pero añade que esta condición, aducida por Núñez en su solicitud, tiene una compatibilidad «problemática» con «la responsabilidad criminal» que ha llevado a su condena.
«En todo caso», la supuesta honorabilidad «no merma ni hace injusta la exigencia de responsabilidad penal», añade el alto tribunal.
En cuanto a las razones de utilidad pública, entienden llos magistrados que «no se atisban en la quiebra de la efectividad de la pena, pues nada es menos útil a la sociedad que el abandono de las penas ciertas tanto más si se hace en atención al poco igualitario criterio de relevancia social o económica del penado».
El fiscal afirma que en el presente caso ninguna de las razones alegadas tiene entidad suficiente para justificar el indulto «ni concurren méritos o razones excepcionales en el hecho ni en el autor que posibiliten la concesión de tan extraordinario beneficio».
La Sala de lo Penal del Supremo también informa en contra de la concesión de la medida de gracia a los condenados José Luis Núñez Navarro, Salvador Sánchez Guiu y Manuel Abella Zarraluqui.
El ex presidente del Fútbol Club Barcelona José Luis Núñez Clemente y su hijo, Josep Lluís Núñez Navarro, ingresaron en la prisión de Quatre Camins (Barcelona) el pasado 16 de noviembre para cumplir su condena y salieron de ella el 24 de diciembre, al concerdérseles el tercer grado penitenciario.