Juzgados de lo Penal Jaén

Se enfrentan a 4 años de cárcel por publicar fotos y anuncios sexuales sobre una amiga

10 / 12 / 2015 13:35

Actualizado el 21 / 12 / 2015 12:42

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Una mujer y su hijo se enfrentan a cuatro años de prisión por un delito de vulneración de la intimidad con difusión, acusados de acceder a las redes sociales de una amiga de la familia para subir fotos eróticas de la víctima e incluso publicar anuncios web donde se ofrecían servicios sexuales gratuitos con el número de teléfono de esta persona.

El caso ha sido juzgado este jueves en el juzgado de lo Penal número 3 de Jaén. El Ministerio Fiscal ha sostenido hasta el final, tal y como recoge su escrito de calificación, que madre e hijo se pusieron de acuerdo para «vulnerar la intimidad» de esta mujer. Para ello, accedieron a sus redes sociales y «colgaron fotos donde aparecía la mujer con los pechos al descubierto», así como un enlace que remitía a una web donde también estaban colgadas fotos de carácter íntimo.

Asimismo, el Ministerio Fiscal señala que los dos acusados publicaron anuncios en una web donde la víctima ofrecía servicios sexuales gratuitos. Dichos anuncios iban acompañados del teléfono de la víctima.

Fue el 1 de enero de 2013 cuando la mujer comenzó a recibir llamadas solicitándole sus servicios. A partir de ahí, la pareja interpuso una denuncia en la Guardia Civil. Tras la investigación abierta, se determinó que la IP desde la que se habían colgado los anuncios se correspondía con la del ordenador de los dos acusados.

Tanto la madre como el hijo han negado en el juicio ser responsables de los hechos que se le imputan. Han señalado que tanto la víctima como su pareja eran amigos suyos y que ellos tenían acceso al ordenador desde el que se remitieron los anuncios porque «estaban todo el día en mi casa», ha dicho la acusada.

«Han mentido. No sé lo que quieren, pero han mentido. Ellos tenían acceso a nuestro ordenador. Si yo hubiera querido hacer algo, me hubiera ido a un ciber y no lo hago desde mi casa», ha dicho la acusada en su último turno de palabra antes de declarar el juicio visto para sentencia.

El abogado defensor, Ricardo Rojas, ha indicado a Europa Press que no hay pruebas de cargo para desvirtuar el principio de presunción de inocencia de sus clientes y que «hay jurisprudencia que indica que solo la dirección IP no es suficiente para probar la autoría de un delito cometido desde un ordenador». Asimismo, ha mantenido que no se ha llevado a cabo ninguna investigación que determine que madre e hijo fueran los responsables de usurpar la identidad de la víctima en sus redes sociales.

La víctima no ha ejercido acusación particular y no reclama en concepto de responsabilidad civil. El Ministerio Fiscal se ha opuesto a la suspensión de la condena en el caso de que finalmente haya una sentencia condenatoria, mientras que la defensa ha apuntado que sí que solicitarían la suspensión si la jueza los estima culpable del delito que se les imputa. (EP)

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