Clara Campoamor pedirá la prisión permanente revisable para el hombre que tiró por la ventana a una niña de 17 meses

Clara Campoamor pedirá la prisión permanente revisable para el hombre que tiró por la ventana a una niña de 17 meses

27 / 01 / 2016 10:51

Actualizado el 27 / 01 / 2016 11:08

José Miguel Fernández, abogado de la asociación Clara Campoamor, que se personará como acusación popular en el caso de la niña de 17 meses que fue arrojada por la ventana de un primer piso de Vitoria por un hombre que, previamente, podría haber abusado sexualmente de ella, pedirá la prisión permanente revisable para el acusado, D.M. Sevillano de 30 años.

La pequeña, a la que D.M. lanzó al vacío tras supuestamente someterla a abusos sexuales en la madrugada del pasado lunes, falleció este martes por la noche en el hospital de Santiago de la capital alavesa, debido a las graves heridas que sufrió: traumatismo craneoencefálico, hipertensión intracraneal y politraumatismos, causadas por los impactos sufridos al ser lanzada por la ventana.

La pequeña atravesó el cristal porque la ventana estaba cerrada y, posteriormente, impactó contra el suelo.

En declaraciones a Europa Press, Fernández ha manifestado que este caso «es el más extremo de una desigualdad profunda, pero en absoluto se trata de un caso aislado». Además, ha asegurado que Clara Campoamor «trabajará» para que se aplique la prisión permanente revisable al encausado, aunque la calificación jurídica no se realizará hasta el final de la instrucción.

A su juicio, «con los datos que hay, es posible la prisión permanente», al entender que se está ante «un caso de asesinato de una persona menor de 16 años, relacionado con un delito contra la indemnidad sexual». «Y vamos a luchar porque sea así», ha apuntado.

La prisión permanente revisable, establecida en el nuevo Código Penal –que muchos consideran una cadena perpetua– está prevista que se aplique a los asesinatos graves, homicidios del Rey o del príncipe heredero y de jefes de Estado extranjeros, así como a los casos de genocidio o crímenes de lesa humanidad con homicidio o con agresión sexual.

Los tribunales podrán aplicarla en algunos tipos gravados de asesinatos, como cuando la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable, o cuando sea subsiguiente a un delito contra la libertad sexual, entre otros casos. (EP)

Noticias relacionadas:

Opinión | La necesaria progresividad del derecho sancionador en infracciones de tráfico

El TC anula por unanimidad la decisión de la AP de Barcelona de revocar una absolución basada en duda razonable y declara firme la sentencia del Juzgado de lo Penal

Opinión | La ley de la Multirreincidencia versus la regla del triple de la pena más grave

El Supremo avala aplicar el delito continuado en agresiones sexuales grupales salvo circunstancias singulares

La ley de multirreincidencia entra en vigor mañana: hurto de móviles, delitos leves reiterados y ‘petaqueo’, entre las principales novedades

Multa, 2 años de inhabilitación y 7.000 € de indemnización: el TSJ de Andalucía confirma condena a una abogada por dejar caducar una demanda

Lo último en Tribunales

rodríguez zapatero

Zapatero cuestiona la validez de dos pruebas clave del caso Plus Ultra y plantea su nulidad

ChatGPT Image 17 jun 2026, 17_28_18

Condenados dos exdirectivos de Sistemas Digitales Corporate por utilizar información confidencial para montar su propia empresa

Turiel

El abogado de Ábalos denuncia «arbitrariedad» en la sentencia del Supremo y anuncia que recurrirá ante los tribunales europeos

Aldama

La Justicia «premia» la colaboración de Aldama y no irá a prisión por el caso mascarillas

ÁBalos Y Koldo

El Supremo condena a Ábalos a 24 años de prisión y a Koldo a 19 años por liderar una trama de corrupción con contratos públicos