La CNMC sanciona con más de 311.000 euros a Mediaset por superar el tiempo de emisión de publicidad
Sede de la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) en Madrid.

La CNMC sanciona con más de 311.000 euros a Mediaset por superar el tiempo de emisión de publicidad

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10/3/2016 09:46
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Actualizado: 10/3/2016 09:46
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido sancionar a Mediaset con 311.147 euros por haber superado en sus canales Telecinco y Cuatro los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios y a autopromoción, regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).

Según ha recordado el organismo, el artículo 14.1 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual, establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural.

En este sentido, la Ley establece que «para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento» y «también se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj».

Por otra parte, la Comisión ha apuntado también que el artículo 13.2 de la Ley 7/2010, fija en 5 minutos por hora el «tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos».

Finalmente, ha señalado que las infracciones –de carácter leve– detectadas en Telecinco y Cuatro tuvieron lugar entre los meses de marzo y julio de 2015; y ha destacado que contra esta decisión, Mediaset podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.

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